Cientos de imputados por los delitos de ultrajes a la autoridad y espionaje contra las Instituciones de Seguridad Pública en Veracruz y que actualmente se encuentran presos podrán recuperar su libertad en las próximas horas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes los efectos de declarar inconstitucionales los artículos 331 fracciones I, II y IV y 371 fracción II del Código Penal de Veracruz.
Por unanimidad, el Pleno del máximo tribunal del país aprobó que dicha declaratoria de invalidez surta efecto retroactivo al 12 de marzo de 2021, fecha en que estos delitos entraron en vigor.
Por lo que todos aquellos que hayan sido imputados, desde esa fecha, por los delitos de ultrajes a la autoridad, contenido en el artículo 331, así como de espionaje contra las Instituciones de Seguridad Pública, incluido en el artículo 371, podrán solicitar al juez el sobreseimiento, es decir que se deseche porque ya no hay materia -en este caso el delito- para continuar con el proceso.
Enseguida, el juez deberá citar a audiencia a un plazo de 24 horas para resolver en consecuencia.
De acuerdo con datos de la propia Fiscalía General de Veracruz, al menos mil personas están imputadas tan sólo por el delito de ultrajes a la autoridad y la mayoría se encuentran presas.
Durante la sesión pública de este lunes, el Pleno de la SCJN también determinó declarar la invalidez por extensión de la fracción III del artículo 331 del Código Penal estatal, que establecía una agravante al delito de ultrajes a la autoridad.
“Si bien dicha agravante no fue señalada como impugnada expresamente, lo cierto es que no es independiente ni autónoma del delito, ya que se aplican en adición a las penas previstas en el primer párrafo del 331, por lo que su validez depende de la del tipo penal de ultrajes que fue declarada inconstitucional”, explicó el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, encargado de elaborar el proyecto de sentencia.
DMZ