Corte niega amparo a funcionario de juzgado que aconsejó a defensa de 'El Mochomo' para que pudiera salir libre

Marco Aurelio González Romero fue suspendido y el 31 de mayo de 2021 fue vinculado a proceso por su presunta responsabilidad contra la administración de la justicia.

José Ángel Casarrubias Salgado, 'El Mochomo'
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a Marco Aurelio González Romero, quien era secretario de acuerdos del juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, en el Estado de México, quien presuntamente dirigió y aconsejó a los abogados de José Ángel Casarrubias Salgado, El Mochomo, del grupo criminal Guerreros Unidos para que recuperara su libertad.

En 2020, el funcionario judicial fue suspendido y el 31 de mayo de 2021 fue vinculado a proceso por su presunta responsabilidad contra la administración de la justicia, resolución que impugnó a través de un amparo.

Sin embargo, el 16 diciembre de 2021, la jueza Séptimo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, rechazó concederle la protección de la justicia, motivo por el cual el quejoso interpuso un recurso de revisión que está en manos del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito.

No obstante, el caso llegó a la Corte porque en su demanda, el quejoso impugnó la inconstitucionalidad de la fracción IV del artículo 225 del Código Penal Federal.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte avaló el proyecto de sentencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien determinó que la porción normativa reclamada, no es violatoria del principio de legalidad, en su vertiente de taxatividad.

“Quienes integramos esta Sala no advertimos que el legislador ordinario hubiera infringido el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad al haber usado las expresiones ‘dirigir’ o ‘aconsejar’ al formular el tipo penal del delito contra la administración de justicia, previsto en la fracción IV del artículo 225 del Código Penal Federal.
“Por tanto, como acertadamente se señaló en la sentencia recurrida, la norma se dirige a un sujeto activo con calidad y funciones específicas, donde las expresiones ‘dirigir’ o ´aconsejar´ aluden a un indebido asesoramiento, más allá de que vistas en forma aislada, pudieran tener diversas connotaciones pues se reitera, la descripción típica alude a un contexto, esto es, la existencia de un litigio donde el sujeto activo debe ser imparcial”, detalla el proyecto.

Con la resolución de la Primera Sala, el Tribunal Colegiado deberá ahora podrá resolver de fondo si concede el amparo al quejoso, de quien se cree se reunió con uno de los abogados cerca del fraccionamiento donde el ex funcionario vive, y que tres días después, se encontraron en las instalaciones del juzgado para proporcionarle información que presentarían como alegatos y pruebas en la causa penal a favor de El Mochomo.

En julio de 2020, el Consejo de la Judicatura Federal informó que suspendió a Marco Aurelio González, quien elaboró el proyecto de sentencia que derivó en la liberación de José Ángel Casarrubias Salgado.

La Fiscalía General de la República (FGR) cuenta con audios que presuntamente señalan que personas cercanas a El Mochomo ofrecieron varios millones de pesos a personal del juzgado a cambio de su liberación.

El Consejo indicó que la medida cautelar derivó de una denuncia interna, así como de la denuncia presentada por la FGR, motivo por el cual la Comisión de Disciplina resolvió suspender al secretario para continuar con la investigación y deslindar responsabilidades por posibles violaciones, tales como cohecho, utilización indebida de información, tráfico de influencia, encubrimiento, entre otras.

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