La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a un grupo de personas con discapacidad para que se fijara el primer vagón de cada tren del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro como exclusivo para este grupo de la población.
En contraste, el máximo tribunal del país sí concedió el amparo respecto a omisiones que han incurrido tanto la Dirección General como la Dirección de Medios del STC para las personas con discapacidad como “establecer ajustes razonables para garantizar la accesibilidad, la omisión de vigilar las medidas de accesibilidad, y la omisión de establecer medidas para la toma de conciencia”.
De acuerdo con los usuarios afectados como Celia Cornejo Vaca, entre otros, “hay una serie de omisiones” en el STC para este grupo de la población “como llevar a cabo estrategias de sensibilización del personal operativo y de seguridad del Metro así como la capacitación en la atención y abordaje de estas autoridades operativas con respecto de las personas con discapacidad”.
Tampoco, abundaron en su demanda, se ha integrado un catálogo de técnicas de informes, mensajes auditivos, visuales, infogramas que promueven el respeto de todos los grupos vulnerables y el respeto de la población a las áreas de accesibilidad y los ajustes razonables puestos en práctica para evitar los malos tratos y discriminación.
Con esta resolución, la segunda sala de la SCJN, a propuesta del ministro Javier Laynez Potisek, ordenó que se garantice la accesibilidad para personas con discapacidad.
DMZ