Corte perfila invalidar reformas que permiten a partidos dar recursos por desastres naturales

Seis ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional las reformas impulsadas por la mayoría de Morena en el Congreso de la Unión; mañana se conocerá el fallo.

El huracán 'Kay' se desplaza cerca de BCS, informó la Conagua. | Shutterstock
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila por invalidar las reformas que permiten a los institutos políticos devolver parte de su financiamiento público para que sea utilizado únicamente en casos de catástrofes y desastres naturales.

Seis ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional las reformas impulsadas por la mayoría de Morena en el Congreso de la Unión, pero por tratarse de una acción de inconstitucionalidad se necesitan ocho votos para invalidarlas.

Sin embargo, la Corte aguardará hasta mañana para dar a conocer su fallo, porque a la sesión de hoy faltaron las ministras Margarita Ríos-Farjat y Yazmín Esquivel Mossa.

La ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf propuso al pleno declarar infundados los argumentos de senadores del PRI, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, quienes impugnaron el artículo 23 de la Ley General de Partidos Políticos, y el artículo 25 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Sin embargo, seis ministros votaron en contra de la propuesta.

Algunos manifestaron su preocupación de que los recursos se utilicen de manera discrecional, es decir, temen que el dinero no vaya a ser usado para los propósitos que se legisló, que es para atender emergencias en casos de desastre.

Otros ministros consideraron que los recursos que son destinados a los institutos políticos están etiquetados, por lo que no pueden utilizarse para otro fin.

Las modificaciones a la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de febrero del presente año.

El artículo 23 de la Ley General de Partidos Políticos establece que los partidos políticos podrán renunciar parcialmente y, en su caso reintegrar, en cualquier tiempo, su financiamiento para actividades ordinarias permanentes.

Mientras que el artículo 25 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria segundo establece que los recursos podrán ser destinados preferentemente para atender cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

Los senadores señalaron que las reformas invaden las facultades del Poder Legislativo para decidir el destino del presupuesto público; además, permite a los institutos políticos hacer propaganda de manera indebida con estos recursos.


DMZ

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