Corte rechaza invalidar delito de insubordinación del Código de Justicia Militar

La ministra Norma Lucía Piña Hernández propuso invalidar dicho delito con el argumento de que la tipificación violaba el principio de taxatividad.

En 2010, la SCJN avaló la constitucionalidad del artículo 283 del Código de Justicia Militar.. (@SEDENAmx)
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó declarar inconstitucional el delito de insubordinación contemplado en el artículo 283 del Código de Justicia Militar.

Durante la sesión pública de la Primera Sala del máximo tribunal, la ministra Norma Lucía Piña Hernández propuso invalidar dicho delito con el argumento de que la tipificación de la insubordinación como delito en el Código de Justicia Militar violaba el principio de taxatividad contenido en el artículo 14 de la Constitución, es decir, que la definición de la conducta no es clara y por tanto podría abusarse de esta medida.

“(El Código de Justicia Militar) deja un parámetro muy extenso para catalogar cualquier conducta relacionada con expresiones verbales, corporales u otras distintas, como falta de respeto para la insubordinación en términos del numeral 283”, planteó en su proyecto de sentencia que este miércoles fue desechado en votación dividida de tres votos contra dos.

En consecuencia, el asunto será returnado a alguno de los ministros que votaron en sentido contrario a la propuesta de Piña, a fin de elaborar un nuevo proyecto.

Luego de este fallo, se mantiene el criterio de la propia Primera Sala de la SCJN cuando en 2010 resolvió otro amparo sobre este tema, en el que avaló la constitucionalidad del artículo 283 del Código de Justicia Militar.


DMZ

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