La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó revocar el acuerdo del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF), el cual suspendió actividades en acato a dos suspensiones definitivas otorgadas por jueces de Distrito, debido a dos juicios de amparo promovidos contra la reforma judicial.
Con esta decisión, se abrió la posibilidad de que este comité no tenga tiempo para presentar candidatos para jueces, magistrados y ministros que deben ser elegidos por voto popular en junio próximo, ya que está a la espera de que se resuelvan las dos demandas de garantías.
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Tanto el Comité de Evaluación del PJF, como los comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo, tienen hasta el 31 de enero para tener su lista de candidatos, misma que deben entregar el próximo 7 de febrero.
Sin embargo, los comités del Ejecutivo y Legislativo decidieron no acatar los mandamientos judiciales y han advertido que ellos continuarán con el proceso.
Hoy, en sesión privada, seis ministros votaron en contra de las propuestas de las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quienes solicitaron al Pleno de la Corte ordenar al comité reanudar actividades.
Sobre el tema, la ministra Yasmín Esquivel Mossa escribió en su cuenta en la red social X lo siguiente:
“En sesión privada, el Pleno de la SCJN rechazó revocar el acuerdo del Comité de Evaluación".
Desde la semana pasada, las tres ministras afines al movimiento de la Cuarta Transformación pidieron a la Corte ordenar al Comité volver a sus labores.
A su vez, la ministra Lenia Batres exigió la destitución de los cinco integrantes de dicho comité.
La ministra Yasmín Esquivel señaló que las únicas facultades constitucionales del Comité son: recibir expedientes de las personas aspirantes, evaluar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales e identificar a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo, con la finalidad de integrar los listados respectivos.
Asimismo, subrayó que resulta improcedente la suspensión del proceso electoral judicial, así como los actos vinculados a éste, por lo que el Tribunal Pleno debe ordenar a dicho Comité reanudar inmediatamente el proceso de evaluación y selección de sus postulaciones, a fin de aprobar en febrero próximo la lista definitiva de candidatos.
La ministra puntualizó que “la suspensión (de actividades) que ilegalmente decretó el Comité de Evaluación del PJF, afecta tanto a los participantes como a los ciudadanos de votar por los seleccionados del Poder Judicial”.
Esquivel Mossa enfatizó que la materia de todas las impugnaciones contra el proceso de elección judicial federal, derivadas de la reforma constitucional del 15 de septiembre de 2024, son de carácter electoral por mandato de la propia Constitución, y así lo determinó la Corte el pasado 5 de noviembre en la acción de inconstitucionalidad 164/2024.
Insistió en que no se puede aceptar que en un juicio de amparo se asuma competencia para conocer la materia electoral, cuando la constitución lo prohíbe.
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