Luego de que en días recientes anularan la sentencia de 45 años de prisión a Mario Aburto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Fiscalía General de la República (FGR) apeló la decisión abogando que el homicidio del candidato del PRI a la Presidencia, Luis Donaldo Colosio, es un delito federal y no local.
Ante ésto surgió la duda sobre qué hace que un acto ilícito entre en determinada categoría.
Todo ésto se derivó porque la FGR interpuso un recurso legal para impugnar la decisión de un Tribunal Colegiado en Materia Penal que, previamente había cancelado la sentencia de 45 años de prisión fijada en 1994, al considerar que hubo violaciones procesales en su contra.
Mario Aburto es el homicida confeso de Luis Donaldo Colosio, quien el 23 de marzo de 1994 fue baleado durante su gira en la colonia Lomas Taurina, Tijuana, Baja California.
Ese mismo día, cerca de las 23:00 horas, el secretario de Información y Propaganda del PRI, Liébano Sáenz, informó sobre la muerte del candidato.
Desde entonces, el caso Colosio ha sido uno de los temas más controversiales del país y ha generado demasiadas especulaciones entre los ciudadanos, no solo con respecto a quién fue el autor intelectual del homicidio del candidato, sino que también se cuestionan si los presuntos abusos de tortura que sufrió Aburto, durante su captura, tuvieron que ver con su confesión.
Ante ese escenario, y con los recientes acontecimientos sobre la posible liberación de Aburto, en la que se plantea que el delito es federal y no local, MILENIO investigó más al respecto para que conozcas la diferencia entre ambos casos.
Federal o local, es un delito
En un artículo publicado en la gaceta parlamentaria el diputado federal, Luis Armando Córdoba Díaz, explicó que los delitos son conductas que afectan a la sociedad porque van en contra de las normas que protegen la paz y la seguridad jurídica.
“Su comisión (realizar un delito) implica la generación de un daño o la puesta en peligro de la vida, la integridad corporal, las posesiones o la libertad de una persona”. mencionaba Armando Córdoba en la gaceta parlamentaria.
De esta manera, el que los delitos se clasifiquen en federales o locales, no significa que unos sean más graves que otros o que las penas o sanciones serán menores, esto al igual que cualquier acto ilícito dependerá del escenario en el que ocurre la infracción.
Cuando se habla de la diferencia entre un delito del fuero federal y del fuero común (delito local), se refiere más que nada a la parte afectada, pues en el caso de los delitos de fuero común, el delincuente estaría dañando directamente, con sus acciones, a una persona en específico.
Algunos ejemplos de delitos de fuero común son las amenazas, daños en propiedad ajena, delitos de carácter sexual, fraudes o abuso de confianza, homicidio, lesiones, robo en cualquiera de sus modalidades, entre otros actos ilícitos que dañan, afectan o atentan contra una persona o sus bienes.
Por su parte, los delitos federales son los que afectan la salud, economía o la seguridad del país o los intereses de la federación, por lo que un acto ilícito de esta magnitud atenta contra la estructura, organización, funcionamiento y patrimonio del país.
En el caso del asesinato de Colosio, la licenciada Livia F. Quezada, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), explicó para MILENIO, que la FGR considera al homicidio de Colosio como un delito federal debido a que afectó el proceso electoral de 1994 y dejó un precedente en la democracia del país.
La misma Fiscalía General de la República (FGR) consideró que la cancelación de la sentencia de 45 años de prisión a Mario Aburto, debe de reconsiderarse debido a que sus acciones infringieron en normas del fuero federal.
Instituciones encargadas de atender cada caso
En México, los delitos y violaciones a los derechos humanos (delito local) son competencia en primera instancia de la entidad federativa en la que ocurrió el acto ilícito; de esta manera la Fiscalía General del Estado (FGE) o la Procuraduría General de la Justicia (PGJ) de cada entidad, atenderán los casos bajo los lineamientos del Código Penal Estatal.
Por su parte, La Fiscalía General de la República (FGR) es la encargada de atender los delitos de fuero federal, estipulados en el Código Penal Federal o cualquier otra ley de aplicación general del país.
Mientras que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) es la institución encargada de ayudar, asistir y reparar integralmente los daños de los delitos federales, mientras que las comisiones locales se encargan de reparar los daños de los delitos de fuero común.
La confusión para determinar bajo qué instancia se atenderá un delito, es tan grande que los propios expertos en materia legal tienen problemas para clasificar los casos.
El licenciado en derecho penal, Cortez Bernal, reconoce que existe una duda frecuente a la hora de saber si un acto ilícito es de competencia federal.
“Una duda que se plantea con frecuencia, es sobre cuándo un delito es de competencia federal, es decir, que deba ser investigado por la Fiscalía General de la República y procesarse en un juzgado federal; y cuándo lo es de competencia estatal, cuya investigación corresponda a la Fiscalía o Procuraduría de Justicia local de alguna entidad federativa, y deba enjuiciarse por un juez del Poder Judicial del Estado”.
Ante este escenario lo mejor es consultar los diferentes instrumentos legales bajo los cuales se rige el país, por lo que MILENIO te dice en qué leyes o códigos se establecen los delitos de carácter federal.
Instrumentos legalesLeyes y códigos donde se mencionan delitos federales
—Código Penal Federal.—Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
—Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro.
—Ley General para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
—Ley General para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles y Degradantes.
—Leyes de Instituciones de Crédito, Inversión, Fianzas y Seguros.
—Ley de la Propiedad Industrial.
—Ley de Migración.
—Ley de Vías Generales de Comunicación.
—Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
—Ley Federal de Derechos de Autor.
—Ley Federal de Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos.
—Ley General de Salud.
—Ley General en materia de Delitos Electorales.
—Código Fiscal de la Federación.
—Ley Orgánica del Poder Judicial.
—Tratados internacionales
Aquí lo importante es consultar un abogado experto en materia federal que pueda asesorarte específicamente sobre un caso determinado, o en su defecto consultar fuentes que ayuden a entender mejor la diferencia entre los distintos tipos de fuero, como en Manual de Delitos Federales, de la licenciada Sara Pérez Kasparián de la Universidad Anáhuac México.
“Los delitos federales se concentran, en gran medida, en las disposiciones del libro segundo del Código Penal Federal vigente. Sin embargo, el catálogo de las conductas de acción o de omisión que sancionan las leyes penales no se agota con las disposiciones de dicho código, pues su artículo 6.º determina que otros delitos se prevén en leyes especiales, las cuales prevalecerán sobre la ley general".
"Otros más se desarrollan y complementan en tratados internacionales signados por el Estado mexicano, que en la actualidad tienen rango constitucional debido a la reforma que elevó su jerarquía cuando contengan derechos humanos” —dice la sinopsis del libro de Kasparian.
A continuación MILENIO presenta una lista de 10 delitos federales, que la entonces Procuraduría General de la República (PGR) publicó en un cuadernillo, y que las personas deben conocer, para denunciar en caso de que alguien esté infringiendo la normativa.
Ataque a vías de comunicación
Parte del patrimonio de México está constituido por caminos, carreteras y vías de comunicación que permiten el acceso a escuelas, hospitales, fábricas, comercios y centros que permiten que unías funcione mejor.
Por ello se considera como un delito de fuero federal a las personas que destruyan o afecten de cualquier manera los caminos y vías de transporte destinadas al uso público. Las peleas por estas conductas van desde 15 días hasta 30 años en prisión.
Delitos contra la salud
En esta categoría se considera como un delito contra la salud, a las actividades de narcomenudeo que tengan que ver con la producción, transporte y comercio de sustancias ilícitas que “envenenen” a los ciudadanos del país.
Cuando el delito es realizado a grandes cantidades, se le conoce como narcotráfico (crimen organizado), por lo que el Ministerio Público de la Federación será el encargado de atender el caso y dictar las sentencias que van desde los 5 hasta 37 años en prisión.
Trata de personas
El gobierno de México considera a la trata de personas como un delito de fuero común (delito local) excepto cuando corresponde dentro de uno de los supuestos contemplados en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y que se castigan hasta con 30 años en prisión.
“Es una ley de jurisdicción federal que se aplica en todo el territorio nacional, a cuyas disposiciones se aplicará supletoriamente lo previsto en el Código Penal Federal, la Ley General de Población y el Código Federal de Procedimientos Penales”.
Por su parte, el estado está obligado a proteger y salvaguardar la libertad, dignidad e integridad de las víctimas así como de sus familias, además de que se debe garantizar la reparación del daño causado.
Falsificación de dinero
La falsificación y alteración de monedas y billetes, es un delito federal en México, debido a que además de afectar la economía de las familias, daña la confianza en la economía del país tanto nacionalmente como en el extranjero.
La producción de dinero en el país, es algo que le compete exclusivamente al Banco de México, por lo que alterar billetes o monedas, así como distribuir dinero falso, se castiga con una pena que podría llegar hasta los 12 años de prisión.
Falsificación de documentos
“La falsificación de documentos consiste en la creación de una réplica, sin la autorización correspondiente, o en la modificación de elementos esenciales de un documento original. Se considera un delito federal, el cual se castiga, tratándose de documentos privados, con prisión de 6 meses a 7 años y medio. En el caso de documentos públicos, con prisión de 4 a 12 años” -PGR
Se tratan de documentos que sirven para identificar a la persona que los porta, conseguir un medicamento bajo una receta médica, cédulas profesionales, entre otros papeles de carácter falso que alteran la legitimidad de cualquier proceso.
Sin embargo, para que se pueda considerar un delito, debe de existir la intención de sacar algún provecho con la falsificación.
Delitos contra el medio ambiente
Los actos que dañan el planeta, son considerados delitos federales, ya que dificultan la calidad de vida de las personas y de las próximas generaciones, pues dañar el ambiente deteriora la salud de toda la población.
Algunos casos de delitos contra el medio ambiente que considera el Código Penal Federal son, emitir, despedir o descargar sobre la atmósfera, tierra o agua contaminantes que ocasionan un daño a la población.
Otro delito es el de manejar ilícitamente sustancias corrosivas, tóxicas o explosivas que afecten la flora, fauna, agua, ecosistema, suelo, subsuelo de México.
Las sanciones por estos delitos van de 1 a 12 años de prisión, pago de multas y la reparación de los daños provocados al medio ambiente.
Delitos contra la propiedad intelectual
Los delitos que atentan contra la propiedad intelectual tienen que ver con los derechos de autor, que a su vez competen los siguientes actos ilícitos:
La producción, reproducción, transporte, distribución y venta de manera ilícita y sin la autorización correspondiente de copias de discos compactos, música, películas y libros.
Y la publicación de una obra sustituyendo el nombre del autor original por algún otro, así como la realización de más copias o ejemplares de los autorizados por el titular de los derechos.
Derechos de autor¿Qué es el derecho de autor?
El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador o creadora de obras científicas o artísticas, lo cual lo hace merecedor del derecho a decidir sobre la divulgación y reproducción de su obra.
Por su parte, los delitos de esta magnitud son de fuero federal y se castigan con penas de 6 hasta 10 meses de prisión.
Robo de hidrocarburos; huachicoleros
El petróleo y sus derivados son recursos muy valiosos con los que cuenta México, por lo que el robo de hidrocarburos considera cualquiera de las siguientes modalidades:
•Poseer o resguardar, de manera ilícita, petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados.
•Enajenar o suministrar gasolina con conocimiento de que se está entregando una cantidad inferior a la debida.
•Sustraer o aprovechar hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, equipos o instalaciones, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores.
•Alterar los sistemas de medición para la distribución y comercialización de dichos productos.
Estos delitos se sancionan con penas de hasta 25 años de prisión y puede aumentar si quien realizó el delito es un funcionario público.
Delitos con armas de fuego
Portar, fabricar, importar o acopiar armas de fuego sin ningún tipo de permiso, es un delito que atenta contra la seguridad pública del país, por lo que se considera de fuero federal.
Por otro lado queda prohibido usar armas que sean de uso exclusivo del Ejército mexicano o de las Fuerzas Aéreas.
En caso de que una personas incurra en un delito en donde intervenga el uso de un arma de fuego, ésta será decomisada, mientras que la persona recibirá una pena entre 3 meses a 30 años en prisión.
armas de fuego¿Cuándo son legales las armas?
•Cuando las utilizan servidoras o servidores públicos que las requieren para el ejercicio de las funciones encomendadas.•Cuando se tenga una licencia especial, por ejemplo, para competencias deportivas o cacería.
Daños al patrimonio cultura
Por último, el cuadernillo de la Procuraduría General de la República (PGR) establece que los delitos que atentan contra los monumentos históricos del país son considerados materia de fuero federal.
Las prácticas que alteren, destruyan, se apoderen de cualquiera de estos monumentos serán merecedoras de una pena de 3 a 12 años en prisión.
Para reportar cualquiera de estas incidencias, puedes llamar al número telefónico: 01 800 00 85 400.
O bien comunicarte a través del correo electrónico atencionpgr@pgr.gob.mx.
RM