No hay pruebas de que José Manuel del Río es responsable de asesinato de candidato: juez

El juzgador estableció que la teoría de la Fiscalía de Veracruz está basada en suposiciones.

José Manuel Del Río, secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política del Senado. (Facebook)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal determinó que no existe un sólo dato de prueba que demuestre que José Manuel del Río Virgen, secretario técnico de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado, sea el responsable del homicidio del candidato a la alcaldía de Cazones de Herrera por Movimiento Ciudadano, Remigio René Tovar Tovar.

Jesús Arturo Cuéllar Díaz, juez Décimo Séptimo de Distrito en el estado de Veracruz, quien amparó a Del Río Virgen, desbarató la indagatoria de la fiscalía, la cual se basó –apuntó– en suposiciones, hechos circunstanciales, supuestas amenazas, la popularidad del candidato asesinado, la importancia del municipio y la cercanía del imputado con senadores.

“Lo cierto es que ningún dato de prueba da soporte a la conclusión que el quejoso haya tenido esa participación de autor intelectual de los hechos. Como ya se expresó, no hay algún señalamiento directo en contra del imputado como autor de los hechos; tampoco de forma indirecta se obtiene información en ese sentido, pues los datos de prueba relatados por la Fiscalía, con el alcance del contenido que verbalmente vertió al realizar su solicitud de vinculación a proceso, no relacionan al quejoso con el evento por el cual se dio esa privación de la vida; y los hechos que se destacan como indicios tampoco permiten inferir de forma lógica la participación del quejoso en la comisión del hecho”, detalla la sentencia.

El juez consideró que tampoco se puede inferir de forma lógica que el imputado planeó la muerte del candidato para dar lugar a otro abanderado.

“Es decir, si bien lo expresado es un planteamiento posible de cómo pudieron acontecer los hechos, lo cierto es que no basta con que exista la ‘posibilidad’, sustentada en suposiciones, que los hechos puedan ocurrir de determinada forma (como una teoría), sino que exista la ‘probabilidad’ que acontecieron de ese modo, con soporte en los datos relatados por la representación social, lo que en el caso no se acreditó”, mencionó Cuéllar Díaz.

La fiscalía veracruzana argumentó que Del Río propuso nombres para sustituir al candidato asesinado, es decir, para imponer a Omar Ramírez, quien está preso junto con su hermano, Sergio, quien recogió el cuerpo del candidato.

El juez enfatizó que la fiscalía no estableció “un motivo lógico” por el cual el imputado no desearía que la víctima asumiera el cargo y que precisamente fuera Omar Ramírez, quien lo ocupara, “o de qué forma podría verse favorecido con la designación de esta última persona”.

De igual manera, no se demostró “en qué consistió la planeación que se imputa, pues la argumentación se concentró más en la posterior sustitución del finado candidato, que en los hechos que antecedieron a la privación de la vida”.

Pese a que Del Río Virgen gozaba de una jerarquía importante en el partido y era cercano a senadores, el juez dijo que dichas circunstancias tampoco arrojan elementos para concluir que por ello tuvo participación en los hechos, “pues sólo se hace referencia de una aparente situación de poder, mas no de algún hecho o conducta concreta que lo relacione con la privación de la vida del candidato”.

En el fallo se detalla que las autoridades manifestaron que el candidato asesinado fue una persona conocida en el municipio de Cazones de Herrera, y que se había dedicado a ayudar a las personas, por lo cual encontró el posicionamiento como uno de los favoritos para ganar la alcaldía.

El juzgador también señaló que el hecho de que Del Río Virgen participara en el proceso de sustitución de candidato, y que durante éste supuestamente hubo manifestaciones amenazantes o intimidantes hacia terceras personas, tampoco es prueba.

“…si bien los atestes indican que tales expresiones se realizaron en tono grosero, intimidante y hasta amenazante (que, si querían otro muerto; que la decisión ya estaba tomada y que se pusieran a trabajar, entre otras); en todo caso sólo revelarían una amenaza específica hacia esas personas (que participaron en el proceso). Pero no aportan información que permitan inferir que el quejoso haya participado en los hechos por los cuales perdiera la vida”, el candidato, puntualizó el juez.


DMZ

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