Policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México detuvieron a 11 presuntos revendedores de boletos en el concierto de Caifanes, el cual se llevó a cabo en el Estadio GNP, ubicado en calles de la colonia Granjas México, de la alcaldía Iztacalco.
Cabe mencionar que, entre los capturados hay tres menores de edad, los cuales, junto con los otros detenidos, fueron identificados como parte de los operativos para salvaguardar la integridad física de los asistentes al concierto.
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¿Quiénes son los detenidos?
“Durante el despliegue operativo en las inmediaciones del recinto, se detectó a 11 personas, entre ellas dos mujeres que, al parecer, ofrecían boletos con un precio superior a los autorizados”, mencionó la SSC.
Entre los detenidos también destacan tres menores de edad, así como un hombre de 50 años, que cuenta con antecedentes por la misma falta administrativa en diferentes espectáculos.
Ante estos motivos los 11 detenidos fueron puestos a disposición de un juez cívico, quien determinará la sanción correspondiente.
¿Cuál es la pena por reventa de boletos en México?
El artículo 243 del Código Penal Federal contempla sanciones relativas a la falsificación de documentos, incluyendo boletos o acceso a espectáculos públicos masivos, como lo pueden ser los conciertos de música o partidos de futbol, basquetbol, etcétera.
Sin embargo, las leyes federales no incluyen el tema de la reventa, pues generalmente se trata de una falta administrativa o delito menor que es sancionada por las autoridades locales, prácticamente en cada ciudad del territorio mexicano.
En ese tenor, aquí te mencionamos el caso de las tres principales urbes de la República Mexicana, Ciudad de México, Guadalajara y Monterrey.
En el caso de la capital del país, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, contempla en su artículo 28 fracción XI como una falta “ofrecer o propiciar la venta de boletos de espectáculos públicos, con precios superiores a los autorizados”.
Por dicha infracción, una persona puede estar sujeta a pagar 2 mil a 4 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), misma que equivalía en 2022 a 96.22 pesos, y podría pasar de 25 a 36 horas en arresto.
En tanto, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el Reglamento de Policía y Buen Gobierno prohíbe la reventa e impondría al responsable de dicha falta una sanción que podría ir de los 800 a los 800 mil pesos y hasta 36 horas de arresto.
En el caso de la ciudad de Monterrey, el Reglamento de Espectáculos Públicos para el Municipio de Monterrey, Nuevo León, señala únicamente en su artículo 57 que:
“No se permitirá la venta de boletos de entrada con sobreprecio a los eventos, espectáculos o diversiones a que se refiere este Reglamento”.
Y además, agrega en el artículo 58 que:
“Si se llegare a determinar que entre la empresa y la persona que revende boletos existe acuerdo previo para ello, tal situación será sancionada en los términos de este ordenamiento”.
Con información de TELEDIARIO