Caen 8 presuntos narcomenudistas con más de 9 mil bolsas de cocaína en CdMx

Los detenidos fueron identificados por estar haciendo detonaciones al aire en calles de la alcaldía Venustiano Carranza.

Los detenidos tienen antecedentes penales.
Ciudad de México /

Policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México detuvieron a ocho hombres en posesión de más de 9 mil dosis de droga y armas de fuego, en calles de la alcaldía Venustiano Carranza.

Los oficiales capitalinos realizaban recorridos de seguridad y vigilancia, en la colonia Ampliación Penitenciaría, cuando fueron alertados por operadores del Centro de Comando y Control (C2) Norte de un reporte por detonaciones en las calles Penitenciaría y Ferrocarril de Cintura. 

En el lugar de los hechos, los oficiales observaron a varias personas, portando armas de fuego y chalecos balísticos, quienes al notar la presencia de los policías se escondieron en una vecindad de la zona, donde detuvieron a ocho presuntos narcomenudistas.

¿Qué encontraron los policías?

Tras la detención, los oficiales realizaron una revisión a los detenidos, a quienes les aseguraron ocho armas de fuego cortas con 56 cartuchos útiles de diferentes calibres, una maleta de equipaje color rojo en la que había 9 mil 130 envoltorios de aparente cocaína.

Además, hallaron 272 bolsas con 26 recipientes que contenían mariguana, dos kilos de la misma hierba a granel, y cuatro chalecos balísticos.

Ante esto, los policías detuvieron a los hombres, de 53, 50, 46, 41, 40, 39, 34 y 26 años de edad, respectivamente, a quienes junto con lo asegurado los presentaron ante un agente del Ministerio Público adscrito a la Coordinación de Delitos de Alto Impacto de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México, quien determinará su situación jurídica.

Antecedentes penales de los detenidos

Posteriormente, tras un cruce de información, se supo que el detenido de 50 años de edad cuenta con ocho ingresos al Sistema Penitenciario de la Ciudad de México por el delito de robo en diferentes modalidades en los años de 1996 al 2014, así como en el 2021 por delitos contra la salud.

  • El detenido de 34 años de edad tiene dos ingresos en los años 2010 y 2012 por el delito de robo agravado calificado.
  • El de 40 años de edad registra cuatro ingresos por robo agravado en los años 2003 y 2008, así como por homicidio culposo agravado en el 2022 y 2023.
  • El detenido de 53 años cuenta con un ingreso en el 2006 por delitos contra la salud.

¿Qué son los delitos contra la salud?

Diversos medios legales coinciden en que los delitos contra la salud —también llamados de peligro— se refieren a las acciones que ponen en riesgo o dañan la salud colectiva de la sociedad, causándole un perjuicio a las víctimas.

Derivado de esto, resalta el concepto de salud colectiva, el cual hace referencia a las condiciones de salubridad e higiene que el Estado debe de garantizar y proteger en la sociedad y sus ciudadanos; y que como señala la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), esto depara en el desarrollo cultural de la población.

De esta manera, los actos que amedrentan la salud colectiva de México son punibles y se castigan de acuerdo a lo establecido en el Código Penal Federal.

Relacionados con el narcotráfico

El artículo 193 del Código establece que son punibles las conductas que se relacionan con los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias ilícitas, que constituyen un problema grave para la salud pública.

“Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia”.

En cuanto a las sanciones por este tipo de delitos se encuentran del artículo 194 al 199 del Código, como en los siguientes casos:

  • I.- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aún gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.
  • II.- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos comprendidos en el artículo anterior, aunque fuere en forma momentánea o en tránsito.
  • III.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos a que se refiere este capítulo.
  • IV.- Realice actos de publicidad o propaganda, para que se consuma cualesquiera de las sustancias comprendidas en el artículo anterior.

RM




  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes

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