• Hipertensión y omisiones de FGR permiten a director de Black Wallstreet tener prisión domiciliaria

Vecinos del condominio de Las Lomas exigen a fiscales una nueva audiencia y probar el riesgo que representa la prisión preventiva de Juan Carlos Minero en su domicilio.

Ciudad de México /

Un aparente problema de hipertensión sin el suministro adecuado de medicamentos, sumado a la falta de propuestas y de pruebas como la evaluación de riesgos del imputado de parte de la FGR, fueron las razones en las que una jueza federal sustentó su autorización para que el director de Black Wallstreet Capital (BWC) cumpla la prisión preventiva en su domicilio.

Los detalles de la resolución judicial proporcionados a MILENIO muestran que el cambio del sitio donde debe cumplir la prisión preventiva Juan Carlos Minero  desde el penal de máxima seguridad del Altiplano a su departamento en un edificio habitacional de Las Lomas— fue autorizado por la jueza Guillermina Matías Garduño bajo parámetros “excepciones” que contempla el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La decisión ha generado molestia y miedo en vecinos de dicho condómino, quienes además de presentar una queja contra la jueza han dirigido un oficio a la Fiscalía General de la República en el que piden a sus fiscales solicitar una nueva audiencia de revisión de medidas cautelares, y probar el riesgo que significa la prisión preventiva del imputado en dicho domicilio.

MILENIO dio a conocer la semana pasada que desde el 15 de octubre, Minero Alonso se encuentra bajo fuerte vigilancia de la Guardia Nacional en el edificio habitacional de 12 pisos ubicado en Sierra Guadarrama número 30, en la referida colonia de la alcaldía Miguel Hidalgo.

La decisión de dar prisión domiciliaria al director de Black Wallstreet Capital ha generado molestia entre los vecinos. | Foto: Especial

Al empresario se le impuso la medida cautelar de prisión preventiva derivada del proceso penal abierto en su contra por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

¿Cuáles fueron las razones del cambio?

De acuerdo con los detalles de la audiencia compartidos a este medio, previo a que Juan Carlos Minero pidiera el cambio de su sitio de reclusión, la prisión preventiva oficiosa impuesta ya había sido modificada a una prisión preventiva justificada, derivado de una suspensión concedida por otro juez federal dentro de un juicio de amparo.

Posteriormente, su defensa solicitó una revisión de dicha medida bajo el argumento de la modificación de las circunstancias iniciales. 

En la audiencia realizada el 12 de octubre, se expuso que Minero no estaba recibiendo los medicamentos necesarios de parte del centro federal del Altiplano para el tratamiento de hipertensión.

Al presentar la evidencia, los abogados exhibieron historiales clínicos del padecimiento de hipertensión que Minero tiene desde antes de haber sido detenido, incluidos ingresos hospitalarios por riesgo de fallas cardiovasculares. 

Entre ellos se encuentra la estancia en un hospital público en el área de emergencias, de la cual se presentaron los registros.

Aunque el problema de hipertensión es completamente tratable, requiere una dosis de medicamentos diarios prescritos por los médicos, los cuales, la administración del centro federal no le proporcionó durante varias semanas. Sin ese tratamiento, el riesgo de una crisis de salud se dispara considerablemente,

En ese contexto, la defensa propuso que bajo el parámetro del artículo 166 del CNPP que contempla “excepciones” —que permiten dictar la prisión preventiva en domicilio— se autorizara este recurso y su cliente cumpliera con dicha “prisión” en su domicilio, con medidas restrictivas como brazalete electrónico, retiro de documentos de viaje, y visitas limitadas.

El padre del director de Black Wallstreet Capital expuso, como garantía de que su hijo no escaparía, la hipoteca del mismo departamento en el cual será recluido, con un valor de 20 millones de pesos.

¿Qué omisiones cometió la FGR en el caso?

Para oponerse a la petición de la defensa, la jueza pidió a las fiscales Adriana García Cruz y Yesenia Pastrana Ruiz exponer sus argumentos. Ellas señalaron, primero, el riesgo de sacar a Minero de la cárcel, pues había constancia en la carpeta de varios domicilios relacionados con él.

Sin embargo, la jueza corroboró que los domicilios en la imputación eran los de las empresas fantasma señaladas en el caso, mientras que el único domicilio personal de Minero era el ofrecido como lugar de reclusión.

Luego, las fiscales expusieron que el código procesal y penal impedían la aplicación de una prisión en domicilio a quienes se les haya impuesto la prisión preventiva oficiosa; sin embargo, la jueza aclaró a las fiscales que la medida impuesta previamente era la prisión preventiva justificada.

La jueza pidió a las fiscales el estudio de evaluación de riesgo del imputado que probara la necesidad de tenerlo en un reclusorio, pero las funcionarias no contaban con dicho informe. 

Las fiscales tampoco aportaron algún indicio probatorio sobre la falta de condiciones del edificio habitacional para un domiciliario, o al menos la queja o inconformidad de algún vecino.

Sobre lo relacionado con el punto medular del asunto, es decir, la falta de suministro de medicamentos en el penal del Altiplano, las fiscales tampoco aportaron información para desmentirlo u ofrecer una posible solución al respecto. De igual forma, no se hicieron cuestionamientos a la garantía ofrecida.

Con esa base de información, la jueza Matías Garduño autorizó el traslado de la prisión preventiva de Minero al domicilio particular.

Vecinos piden a fiscales actuar

A través de sus representantes legales, los vecinos del edificio de Sierra Guadarrama número 30 pidieron a las fiscales de la FGR buscar una nueva audiencia ante la jueza o juez federal correspondiente, y aportar las pruebas relacionadas con el riesgo que representa la reclusión de Minero en su domicilio.

“Es indispensable allegar a la juzgadora de elementos esenciales para tutelar el interés superior de los menores de edad, ante el riesgo o peligro de afectación que la resolución depararía directa o indirectamente en los niños, como lo es verificar que en el condominio viven infantes y que el hecho de ejecutar una prisión preventiva de una persona de alto perfil criminal en ese inmueble, con todo lo que ello involucra, expone de sobremanera la integridad física de los niños ante el peligro inminente de que la persona se diera a la fuga, o que un grupo criminal realizara un ataque contra el indiciado”, señala el escrito entregado el viernes en la FGR.

En específico, solicitaron a las fiscales exponer la situación de los menores de edad que viven en el domicilio, quienes a diario se enfrentan a la presencia de elementos fuertemente armados, incluso en las áreas comunes del condominio.

“Es necesario (solicitar) a la juez de control, ante la falta de idoneidad del domicilio (para cumplir) la medida cautelar, requiera al imputado (señalar otro lugar), pues es evidente que tiene los recursos para ello”, concluye el escrito.
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ksh

  • Arturo Ángel
  • Periodista, corresponsal y escritor. Especializado en la investigación de temas de corrupción, justicia, derechos humanos, transparencia y democracia en México y Estados Unidos. Ganador del Premio Nacional de Periodismo y del Premio Alemán de Periodismo, y nominado a un Emmy. Autor de dos libros publicados por Penguin Random House.

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