Juez Brian Cogan rechaza suspender cadena perpetua de ‘El Chapo’

El narcotraficante había solicitado la cancelación de su sentencia bajo el principio de que le fue impuesta en violación de la Constitución de Estados Unidos.

Joaquín Guzmán, líder del cártel de Sinaloa, fue sentenciado en Estados Unidos a cadena perpetua. | Cuartoscuro
Ángel Hernández
Ciudad de México /

Un juez de Estados Unidos negó la petición realizada por el ex líder del Cártel de Sinaloa, Joaquín El Chapo Guzmán Loera, de cancelar su sentencia de prisión de por vida y solicitar la asignación de un nuevo abogado que lo represente, al no encontrar ningún mérito para ello.

En un memorándum presentado el 26 de diciembre, el juez Brian Cogan, quien además estuvo al frente del juicio que se desarrolló en contra del mexicano, explicó que El Chapo solicitó la cancelación de su sentencia bajo el principio de que le fue impuesta en violación de la Constitución de los Estados Unidos.

Particularmente, Guzmán Loera asegura que el juicio en su contra fue contrario al principio de especialidad, que indica que no podía ser enjuiciado por algún delito diferente por el cual fue extraditado. Esto, debido a que su extradición fue con base en acusaciones en cortes de distrito de Texas y de California, y no por la acusación de Nueva York, por la que fue finalmente encontrado culpable.

Además, el capo aseguró que las condiciones de confinamiento en las que estaba en Estados Unidos, fueron ilegales, que parte de la evidencia que se utilizó en su contra durante su juicio fue obtenida ilegalmente y que hubo fallas en su defensa para buscar una reducción en su sentencia, por ejemplo, al buscar un acuerdo de culpabilidad.

El juez Cogan, sin embargo, detalló que el propio gobierno mexicano rechazó que la extradición se hiciera bajo el principio de especialidad, y que no hay motivos para pensar que sus demás acusaciones fueran una base para cancelar su sentencia por los delitos de crimen organizado, tráfico de drogas, uso ilegal de un arma de fuego y lavado de dinero.

“La moción para la asignación de una defensa y la petición de una orden de habeas corpus son negadas”, concluyó Cogan.

LP

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