Jueza rechaza frenar captura de hermana de Emilio Lozoya por caso Agronitrogenados

La FGR pretende imputar a Gilda Susana por lavado de dinero porque presuntamente se transfirieron 3 mdd de la empresa Altos Hornos de México a una cuenta de la que es beneficiaria.

Emilio Lozoya, ex director de Pemex en el sexenio de Enrique Peña Nieto. | Cuartoscuro
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Una jueza federal rechazó tumbar la orden de aprehensión librada contra Gilda Susana, hermana de Emilio Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), quien es señalada por la Fiscalía General de la República (FGR) como probable responsable del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el caso Agronitrogenados.

Sandra Leticia Robledo Magaña, jueza Primero de Distrito de Amparo en Materia de Amparo, determinó negar la protección de la justicia, tras considerar que la orden de captura está fundada y motivada.

La juzgadora explicó que el mandamiento judicial otorgado a la FGR por un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Norte el 4 de julio de 2019, cumple con todos los requisitos para su emisión.

Lo anterior, porque se cuenta con el escrito de denuncia presentada por Araceli Cortez Hernández, apoderada legal de Pemex, mediante la cual hizo conocimiento al Ministerio Público que el 21 de diciembre de 2016, las empresas brasileñas Odebrecht y Braskem se habían declarado culpables ante la Corte Federal del Distrito Este de Nueva York, en Estados Unidos, de haber pagado sobornos a servidores públicos de varios países, incluido México, y derivado de ello, se dio inicio a la carpeta de investigación.

Además, consta la denuncia formulada por Santiago Nieto Castillo, entonces titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público contra diversas personas, entre ellas la quejosa.

Asimismo, se cuenta con la respuesta de asistencia jurídica internacional procedente de la Fiscalía General de Brasil, mediante la cual proporcionaron las declaraciones testimoniales de diversos funcionarios de la empresa Odebrecht, quienes mencionaron haber realizado diversas transferencias bancarias.

Santiago Nieto Castillo. (Jorge Sánchez)

Igualmente, documentación bancaria procedente de la confederación suiza; y diversas entrevistas, así como la detección de otras transferencias bancarias.

Robledo Magaña indicó que tampoco asiste la razón a Gilda Susana, en el sentido de que la autoridad judicial responsable viola su garantía de debido proceso, así como los principios de libertad, legalidad y seguridad jurídica, previstos en los artículos 14 y 16 constitucionales.

“En efecto, la responsable dio cumplimiento con las formalidades esenciales del procedimiento, porque la representación social solicitó orden de aprehensión en contra de la quejosa, remitiendo para ello una relación de los hechos atribuidos, exponiendo las razones por las que consideró actualizadas las exigencias establecidas en el artículo 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
“Por lo que, el acto reclamado se encuentra debidamente fundado y motivado, pues la responsable es competente para emitir el mandamiento de captura; expresó los preceptos aplicables al caso, como son los artículos 141 y 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como aquéllos en donde los hechos imputados de operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa, se encuentran previstos y sancionados”, apuntó la juez.

La FGR pretende imputar a Gilda Susana por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícitas porque presuntamente de junio a noviembre de 2012, se transfirieron tres millones de dólares de la empresa Altos Hornos de México (AHMSA) a una cuenta de la que es beneficiaria, sin que se identificara el origen de la transferencia.

El Ministerio Público aseguró que los tres millones de dólares, que equivalían en esa época a 34 millones 234 mil pesos, fueron utilizados para la supuesta compra de una residencia en la colonia Lomas de Bezares. El inmueble era propiedad de María del Carmen Ampudia Cárdenas, el cual compró Emilio Lozoya.


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