El presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de Veracruz, Édel Álvarez, fue denunciado ante la Fiscalía General del Estado (FGE), por comisionar de forma indebida a nueve jueces de primera instancia como “magistrados temporales”, cuyas sentencias que emitieron han empezado a quedar sin efecto por amparos otorgados por jueces federales.
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MILENIO tuvo acceso a la denuncia interpuesta por el apoderado legal de la asociación civil Comité Ciudadano Cordobés, David Ambrosio Molina Vázquez, quien pidió indagar al magistrado presidente y a los jueces por su probable responsabilidad en los delitos de ejercicio indebido del servicio público, uso indebido de atribuciones y facultades, ejercicio abusivo de funciones y usurpación de funciones.
De acuerdo con la constitución local, los magistrados solo pueden ser propuestos por el gobernador del estado, quien a su vez envía la terna al Congreso Local, mismo que finalmente avala o no el nombramiento.
En el juicio de amparo 875/2018, Alejandro Quijano Álvarez, juez Segundo de Distrito en el estado de Veracruz, señaló que los nombramientos de “magistrados temporales” son inconstitucionales.
“…dentro de las atribuciones que tiene el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, contenidas en el artículo 88 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, no está la de nombrar magistrados y magistradas en la forma en que lo hizo…las ausencias definitivas de magistrados y magistradas, deberán de hacerse de conocimiento del presidente del Tribunal Superior de Justicia, para que éste lo comunique al Gobernador del Estado, para que el titular del Poder Ejecutivo del Estado haga la propuesta correspondiente al Congreso del Estado en términos de lo dispuesto por el artículo 59 de la Constitución Política local, de modo que el citado Congreso haga el nombramiento del magistrado o magistrada para cubrir la vacante…”, indica el fallo.
Los jueces de primera instancia denunciados ante la Fiscalía General del Estado de Veracruz, son: Claudia Resendis Aguilar; Gustavo Beristaín Bazán, Ludivina García Rosas; Álvaro Vázquez Campa; Benito Vergara Morales; Marco Antonio Rodríguez Lobato; Joaquín Rodríguez Sánchez, Gregorio Esteban Noriega Velasco y José Eduardo Roberto Garcés.
En el documento presentado se puntualiza que durante los procesos penales, en los sistemas acusatorio tradicional o acusatorio adversarial así como civiles, a los que han dado seguimiento en las diversas Salas del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Veracruz, se han percatado de que fungen como magistrados, “personas que de ninguna manera han tomado protesta o han sido propuesta” del gobernador de la entidad “y mucho menos han sido aprobados” por el Congreso local.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propinó el peor revés del que se tenga memoria al Supremo Tribunal de Justicia de Veracruz y su titular Edel Álvarez, tras determinarse que las Salas de Justicia estuvieron integradas de forma indebida los anteriores dos años.
Esta determinación viola de facto la Constitución Política del Estado de Veracruz y la propia Ley Orgánica del STJE, ya que son atribuciones exclusivas para el gobernador constitucional y los miembros del Congreso del Estado, explicó el Juez Federal Segundo de Distrito en el estado de Veracruz, Alejandro Quijano Álvarez.
Con la forma indebida de integrar las Salas del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Veracruz, miles de veracruzanos han sido juzgados durante dos años por Salas indebidamente integradas.
Si los veracruzanos juzgados por dichas salas buscaran el amparo de la justicia federal, las sentencias o resoluciones tendrían que ser consideradas como nulas, de acuerdo con la resolución del amparo 875/2018.
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En la página oficial del Consejo de la Judicatura Federal cjf.gob.mx/expedientes/sentencias, se observa la resolución del Amparo 875/2018, donde el juzgado segundo de Distrito en el Estado de Veracruz debió abstenerse de analizar el fondo de un caso, porque la Sala del Tribunal Estatal, siempre estuvo integrada de forma indebida.
El requisito fundamental de todo órgano de justicia, como ha sido considerado por la jurisprudencia de la SCJN es su competencia: si no eres competente en ley, no puedes resolver.
Con base en criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Juez Federal Quijano Álvarez expuso que “todo acto de autoridad debe emitirse por quien tenga facultades para ello”.
El derecho de acceso a la impartición de justicia fue violentado, según Quijano Álvarez, por el mismo presidente del Tribunal Superior de Justicia Édel Humberto Álvarez Peña.
Tras analizar el artículo 33 fracción XIX, de la Constitución Política de Veracruz y la Ley Orgánica del Tribunal, la sentencia a la resolución reclamada fue inconstitucional y violatoria de derechos humanos.
El amparo se concedió para que una vez que se integre la Sala conforme a derecho, analicen el caso expuesto en el amparo 875/2018.
En sus redes sociales, Édel Álvarez reconoció fallas en su sistema al informar en su muro que se revisará el caso del juez Rubén Adrián Romero Maldonado, quien sentenció en el caso de pederastía y fue severamente criticado por su gremio y la sociedad veracruzana.
En 2015, Diego Cruz Alonso y un grupo conocido como Los Porkys fueron acusados de violar a la menor de edad Daphne en Boca del Río, Veracruz, por lo que recibió una sentencia de cinco años de prisión y una multa de 70 pesos por parte del juez Rubén Adrián Romero Maldonado.
El juez lo sentenció sólo por el delito de pederastía y no por pederastía agravada, como solicitaba la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz.
Con ello, la gravedad del delito se vio disminuída y con la sentencia de cinco años, el sentenciado Diego Cruz Alonso, podría salir en cualquier momento, por los beneficios legales que conlleva la sentencia.
“El Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz investigará el actuar del Juez en caso de pederastía, para revisar que su actuar haya sido conforme al debido proceso y de acuerdo con las leyes en la materia.
RLO