Enrique González Tiburcio, ex subsecretario de Sedatu, deberá comparecer ante FGR

Un tribunal revocó la suspensión definitiva otorgada a Enrique González Tiburcio, por lo que será imputado por el presunto delito de uso debido de atribuciones y facultades.

El ex funcionario durante la gestión de Rosario Robles enfrenta un proceso por el presunto delito de uso indebido de atribuciones y facultades.
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal revocó la suspensión definitiva otorgada a Enrique González Tiburcio, ex subsecretario de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), por lo que tendrá que presentarse a comparecer ante un juez para que pueda ser imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) por el presunto delito de uso indebido de atribuciones y facultades.

El ex funcionario que laboró durante la gestión de la ex titular de la dependencia, Rosario Robles Berlanga, enfrenta actualmente un proceso por el presunto delito de falsedad de declaraciones, relacionado con un desvío de 185 millones 839 mil 480 pesos.

Sin embargo, ha promovido diversos recursos porque el nuevo delito que busca imputarse deriva de los mismos hechos que enfrenta.

Su asunto guarda relación con un presunto convenio irregular con la Universidad Francisco I. Madero del estado de Hidalgo, en el cual se le atribuyó haber contratado ilegalmente servicios estadísticos que no fueron cumplidos, en perjuicio de la Sedatu.

En octubre pasado, Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Sur, giró un citatorio para que se presentara a la audiencia inicial, bajo la advertencia qué de no hacerlo se usaría la fuerza pública.

González Tiburcio promovió un amparo y Sandra Leticia Robledo Magaña, jueza Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, le concedió la suspensión definitiva, misma que evitó que se le obligará a comparecer.

Ahora, los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal determinaron revocar la medida cautelar porque explicaron que resulta improcedente otorgar la suspensión cuando se es citado para una audiencia de imputación.

Mencionaron que “la citación reclamada en la que habrá de formularse imputación en su contra, por sí sola, no es un acto que afecte su libertad personal, al tratarse de una simple comunicación del juez, a petición del Ministerio Público, en el sentido de que se requiere su presencia para el desarrollo de una audiencia en la que se formalizará la investigación que se sigue en su contra y se formulará la imputación respectiva; audiencia en la que podrá o no ser vinculado a proceso y, en su caso, sometido a una medida cautelar”.

En febrero pasado, el mismo Tribunal Colegiado amparó al ex director general de Ordenamiento Territorial y Atención a Zonas de Riesgo, de la Sedatu, Armando Saldaña Flores, sentencia que ordenó que se reponga su audiencia inicial, porque fue vinculado a proceso por un juez distinto al que había escuchado personalmente la imputación que realizó la FGR.

​AESC

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