El gobierno de México operó la entrega más grande de miembros de organizaciones delictivas a Estados Unidos con base a una interpretación novedosa de la Ley de Seguridad Nacional expedida en 2005, con la cual sorteó de manera fast track el proceso de extradición, acortando a un sólo día casos que habían tardado años y hasta décadas.
El terreno jurídico en el que se llevó a cabo esta entrega dejó de lado los amparos y procesos que las personas trasladadas llevaban en tribunales mexicanos y, también, la que era considerada la única vía legal para entregarlos a un Estado requirente: la extradición.
En las tarjetas informativas de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y la Fiscalía General de la República (FGR) dadas a conocer a lo largo del día, así como en el comunicado del Departamento de Justicia de Estados Unidos, nunca se alude al concepto de extradición.
Por el contrario, en el caso mexicano se detalla que la entrega de los capos se realizó en apego a la Ley de Seguridad Nacional, la cual no suele ser invocada en este tipo de procedimientos.
De acuerdo con un análisis jurídico al que MILENIO tuvo acceso, dicha ley contempla como amenaza actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada, así como el uso de violencia en contra de personas o bienes.
En ese sentido, el operativo bajo el cual fueron trasladadas a Estados Unidos las 29 personas se justifica también los artículos 5, 68, 19 y 25 de la norma, los cuales aluden a la cooperación internacional en materia de seguridad nacional y de combate a la delincuencia organizada transnacional.
Pese a que el informe de la SSPC y la FGR menciona explícitamente el respeto a los derechos fundamentales de los trasladados, un grupo de juristas especializados en materia penal y derecho internacional consultados por MILENIO coincidió que la invocación de la ley de seguridad nacional para entregarle es poco habitual desde el punto de vista legal, dado que la extradición suele ser la vía natural, puesto que confiere al extraditado más herramientas para enfrentar acusaciones en el extranjero.
"Los tratados de extradición tienen ese fin, salvaguardar el debido proceso de las personas que se encuentran en el extranjero o en una jurisdicción distinta a la del Estado que pretende juzgarlos [...] el problema es que en la práctica los Estados privilegian sus relaciones bilaterales a los derechos de las personas", explicó Javier Dondé Matute, doctor en Derecho Penal Internacional y Derecho Penal Comparado.
Pese a dicha consideración, haber realizado la entrega de las 29 personas a Estados Unidos fuera del tratado de extradición se perfila para tener implicaciones que, en algunos casos, podría convertirlos en objetivo de condenas que no son legales en México como, por ejemplo, la pena de muerte.
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Apenas el lunes de esta semana, el fiscal Alejandro Gertz Manero acusó al Poder Judicial de prolongar por años, a través de audiencias y amparos, numerosos casos de extradición vinculados al narcotráfico. Citó, a manera de ejemplo, los procesos de Miguel Ángel y Óscar Treviño Morales, mejor conocidos como El Z40 y El Z42.
El titular de la FGR acusó que el traslado a Estados Unidos de los líderes Los Zetas llevaba once y ocho años de retraso, respectivamente, toda vez que su defensa argumentaba una supuesta homonimia entre la persona requerida por el gobierno estadunidense y sus representados. En esencia, negaban ser quienes eran.
Otro de los casos destacados es el de Rafael Caro Quintero, fundador del Cártel de Guadalajara, a quien Estados Unidos responsabiliza directamente de la tortura y asesinato de Enrique Kiki Camarena, agente especial de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) ocurrido en febrero de 1985.
Desde su reaprehensión en 2022, el también llamado Narco de Narcos había logrado evadir ser enviado a Estados Unidos, aun y cuando su gobierno ofrecía una recompensa de 20 millones de dólares.
Incluso, esta semana un tribunal federal le había concedido otra suspensión para evitar su extradición a autoridades estadunidenses, una de múltiples argucias legales de su equipo a lo largo de los últimos años.
La suerte se agotó para Caro Quintero con la Ley de Seguridad Nacional y también para el resto de personajes entregados, pues una vez que Estados Unidos ejecute sus respectivas órdenes de aprehensión, no hay vuelta atrás.
Su destino quedará en manos de juzgadores estadunidenses mientras su caso trasciende como una forma poco común de entender la ley mexicana.
EHR