• ¿Corte abrió la puerta a la venta de 'brownies mágicos'? Esto sabemos sobre la decisión de togados para el consumo lúdico de mariguana en alimentos

  • La SCJN determinara que el uso lúdico de la mariguana también incluye la preparación de alimentos para consumo personal.
México /
Únete al canal de Milenio

En 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la declaratoria general de inconstitucionalidad sobre la prohibición del uso lúdico y recreativo de la mariguana; es decir, se eliminó de la Ley General de Salud al cannabis como una droga ilícita y se privilegió el derecho a decidir de las personas para consumirla o no.

El proyecto fue aprobado en el pleno con ocho de los 11 ministros que integraban en ese entonces la Corte, sin embargo, el tema volvió a tener relevancia este año luego de que la SCJN determinara que el uso lúdico de la mariguana también incluye la preparación de alimentos para consumo personal.

El 10 de septiembre, la SCJN determinó que el uso lúdico de la mariguana también incluye la preparación de alimentos, por lo que ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) entregar el permiso solicitado por una persona. MILENIO te dice qué implica ésto.

Te recomendamos leer...
SCJN determina que autoconsumo de cannabis también permite preparar alimentos

Antecedente sobre el consumo de mariguana

En 2024, una persona solicitó a Cofepris autorización para realizar diversas actividades vinculadas con el autoconsumo recreativo de cannabis y THC, entre ellas siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.

Ante esto, una jueza federal declaró fundada la denuncia y ordenó a la autoridad sanitaria dejar sin efectos la negativa y emitir una nueva autorización para el autoconsumo recreativo, siempre que se tratara de una persona adulta y bajo las restricciones fijadas por la SCJN. Estas medidas son:

  • No afectar a terceros
  • No consumir frente a menores ni en espacios públicos sin consentimiento
  • No conducir vehículos ni operar maquinaria peligrosa bajo los efectos de la sustancia

En este sentido, a la Cofepris no le quedó mayor remedio que emitir la autorización, pero incluyó una prohibición: impedir preparar cannabis en diversos productos, entre ellos alimentos preparados y semipreparados.

Sin embargo, con el fallo del 2026, se revoca dicha decisión y se determinó que el uso lúdico de la mariguana también incluye la preparación de alimentos para consumo personal. Pero... ¿qué significa eso?

La comercialización de la mariguana sigue siendo un delito (Cuartoscuro).

¿Es legal vender brownies de mota?

En la más reciente discusión en el pleno de la Corte sobre el tema, las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa consideraron que el libre desarrollo de la personalidad tiene un límite.

Pero el resto de los togados argumentaron que no se está emitiendo un nuevo criterio sobre el tema, sino que se debe acatar lo que establece la Declaratoria General de Inconstitucionalidad que emitió el máximo tribunal de justicia en 2018 sobre el uso lúdico de la mariguana, especialmente contemplando que la discusión derivó de un quejoso mayor de edad.

Al respecto, la ministra Lenia Batres Guadarrama presentó un proyecto de sentencia en el que señaló que la autoridad sanitaria se extralimitó en sus funciones.

Manifestó que la ley sí prevé la prohibición de productos regulados, como medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos alimenticios, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, preenvasados, cosméticos y demás productos que, por su impacto directo en la salud de las personas, se encuentran sujetos a un régimen reforzado de control sanitario.

También existe prohibición para la preparación de cannabis mediante sistemas electrónicos de administración, dispositivos vaporizadores y demás mecanismos análogos. Pero no está prohibida la preparación de alimentos para consumo personal.

“Por otra parte, respecto de los alimentos preparados y semipreparados, el proyecto propone este pleno que su preparación con cannabis no debe ser restringida para el consumo personal, pues esta no implica por sí misma una transformación sustancial en su naturaleza jurídica como alimentos ni los convierte en productos sujetos a un régimen sanitario especializado”, dijo Batres.

Aquí la clave para entender el nuevo fallo de la Corte es que una persona sí puede preparar alimentos con mariguana siempre y cuando sea mayor de edad, no lo hago frente a menores y no conduzca un vehículo bajo esos efectos. Pero... ¿Qué pasa con la comercialización del canabbis?

El uso lúdico de la mariguana fue avalado en 2021 | Roberto Alanís

¿Es legal vender comida con mariguana? 

Sin embargo, lo que no se modificó desde el proyecto original es que queda prohibida la venta de cannabis o sus derivados por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizada.

En el Código Penal Federal se establecen sanciones de entre cinco y 15 años de cárcel a quien produzca, transporte, trafique, comercie o suministre mariguana sin la autorización correspondiente, en caso de que la cantidad sea superior a cinco kilos seiscientos gramos.

Mientras que el consumo del cannabis para fines médico, farmacéutico o paliativo se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Salud y demás normatividad aplicable.

Cabe aclarar que el consumo lúdico de mariguana está sujeto a un permiso tanto de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) como de la Cofepris, sobre todo si las personas desean cultivar, en casa, hasta seis plantas de mariguana para su consumo personal con fines lúdicos y hasta ocho cuando en la vivienda resida más de una persona consumidora.

La venta de mariguana es un delitos que no quedó exento en alimentos

Claves para entender el uso lúdico de la mariguana

  • La ley reconoce el derecho de las personas mayores de 18 años de edad a consumir cannabis psicoactivo, pero el consumo deberá realizarse sin afectar a terceros, especialmente menores de edad
  • Aumenta de cinco a 28 gramos la cantidad máxima de posesión de cannabis para consumo personal, sin ameritar sanción alguna
  • Cuando una persona tenga en posesión más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis, sin las autorizaciones correspondientes, será objeto de una multa de entre 60 y 120 veces el valor diario de la UMA (entre 5 mil 197 y 10 mil 754 pesos)
  • Queda prohibido el consumo de cannabis en lugares 100% libres de humo de tabaco, así como en las escuelas, públicas y privadas, de cualquier nivel educativo, así como en áreas de trabajo
  • Se prohíbe también conducir, bajo los efectos de cannabis, cualquier vehículo, así como manejar u operar equipo o maquinaria que pueda causar daño.
El consumo de mariguana sólo está sujeto a la mayoría de edad.

¿Cómo sacar un permiso para consumo lúdico de mariguana?

Teodoro Santos explicó a MILENIO que, en primer lugar, se debe tomar en cuenta que el documento de la Cofepris es únicamente para autoconsumo, por lo cual está prohibido comprar, importar, comercializar, distribuir, suministrar o regalar cannabis.

Los pasos para este proceso son los siguientes: descargar el formato de “escrito libre”, que sirve como solicitud, se encuentra en la página oficial de la institución federal, presentar un original y dos copias del documento, credencial de elector (INE), y comprobante de domicilio.

Igualmente, se debe hacer un registro ante la Cofepris con la Clave Única de Registro Poblacional (CURP), Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y correo electrónico.

Una vez emitida la solicitud, las personas tendrán que esperar 10 días para que el organismo les diga si hay problemas con algún documento, en total el tiempo de espera máximo es de 40 días hábiles para que se entregue la resolución, sólo pueden pedirlo los mayores de edad y es un trámite totalmente gratuito.

importante

NO ES PERMISO PARA VENDER

Contar con este permiso de la Cofepris no sólo permite el uso lúdico de la mariguana en todo el país, es personal e intransferible, pero se debe resaltar que es sólo para el autoconsumo, lo que significa que permite poseer, transportar y cultivar de forma 100 por ciento legal la planta de cannabis, pero no autoriza la venta y oferta a terceros de ninguna forma.

Venta de droga es un delito contra la salud

El Código Penal Federal establece que los delitos contra la salud se dividen en los siguientes apartados:

  • Capítulo 1: De la producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos
  • Capítulo 2: Del peligro de contagio
  • Capítulo 3: Delitos contra los Derechos Reproductivos

El artículo 193 del Código establece que son punibles las conductas que se relacionan con los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias ilícitas, que constituyen un problema grave para la salud pública.

“Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia”.

En cuanto a las sanciones por este tipo de delitos se encuentran del artículo 194 al 199 del Código, en los que se indica que se impondrá prisión de 10 a 25 y de 100 hasta 500 días multa.

RM

  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.

Suscríbete al
periodismo con carácter y continua leyendo sin límite