Demandan tipificar feminicidio de niñas y adolescentes

Mediante una iniciativa de reforma y adición al Código Penal se busca facilitar el castigo contra quien comete el delito

Estados con altas cifras de homicidios y feminicidios no tienen proyectos para combatirlos. (Octavio Hoyos)
Cristina Gómez
Tamaulipas /

Proponen reforma y adición al Código Penal para definir el feminicidio de menores de 18 años y establecer conductas específicas por razones de género y edad, facilitando con ello el castigo a quien cometa el delito y aumentando la penalidad.

Las cifras indican que del total de feminicidios ocurridos entre 2015 y 2020, el 11 por ciento fue cometido contra mujeres menores de edad y es un delito que va en aumento, porque pasó de 50 a 115 casos en dicho periodo a nivel nacional, afirmó la senadora Guadalupe Covarrubias.

En ese lustro, Tamaulipas tuvo dos feminicidios de menores, de acuerdo con lo planteado por la legisladora, quien presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 85 y 325 y se adiciona el capítulo V Bis del citado ordenamiento.

En su exposición de motivos, señaló que el feminicidio actualmente establece penas más severas, sin embargo, aún quedan tareas pendientes pues existen diversos grados de vulnerabilidad vinculados a la edad.

En el país la violencia contra menores va en aumento.

Insistió en que se requiere un tipo penal específico que determine los supuestos y conductas por razón de género contra niñas y adolescentes, así como penas más adecuadas.

“Es importante avanzar en medidas adicionales en favor de las víctimas de feminicidio. Se busca estipular como una razón de género, el hecho de que haya existido entre el sujeto activo y la víctima, cualquier tipo de relación de parentesco, matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o de simple amistad, haciendo una distinción en cada artículo, cuando se trate de niñas, adolescentes o de mujeres”.

Otras disposiciones.

También se pretende establecer, que se considere feminicidio no solo cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público, sino que para mayor alcance se incluyen los supuestos en los que sea depositado o arrojado en lugar público o privado, así como sepultado.

Además, incluir condiciones de vulnerabilidad ya sea por circunstancias de carácter socioeconómico, condición física o psicológica, origen étnico o su situación migratoria.

Se establece un agravante cuando el delito sea cometido en contra de niñas y adolescentes, incrementando la condena de 55 a 60 años de prisión y de mil a mil quinientos días multa. Actualmente la mínima es de 40 años.

El proyecto fue turnado a comisiones. De aprobarse, las legislaturas de las entidades federativas contarán con 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, para adecuar su legislación.


​CGCH

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