FGR protesta por jurisprudencia sobre delitos graves; pide a Suprema Corte pronunciarse

La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia ha solicitado a la SCJN que emita un pronunciamiento claro y definido sobre la supremacía constitucional que debe prevalecer en beneficio de las víctimas y de los ofendidos.

Un delito es considerado grave según la pena (Freepik).
Rubén Mosso
Ciudad de México /

A una semana de que entró en vigor una jurisprudencia que ordena a los jueces federales, de 18 estados del país, evitar la detención de personas contra los que se imputan delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y que podrán obtener suspensiones cuando se amparen, la Fiscalía General de la República (FGR) dijo rechazar el criterio.

Lo anterior, porque pone en peligro inmediato a las víctimas de delitos considerados graves , a los ofendidos y a sus testigos.

“La impunidad y el estado de indefensión que provocará esta decisión, pueden prolongarse varios meses o muchos años, en cada caso, según se demore el juicio de amparo que cuenta con dos instancias y que inclusive puede llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como ha ocurrido constantemente, en muchos casos”, indicó.

Por lo anterior, junto con la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ) —encargada de agrupar a las Fiscalías y Procuradurías— ha solicitado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que emita un pronunciamiento claro y definido sobre la supremacía constitucional que debe prevalecer en beneficio de las víctimas y de los ofendidos.

Cabe mencionar que el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte emitió el criterio, pero aclaró que lo anterior, no implica que se deje en estado de indefensión a las víctimas, sino que las personas señaladas por delitos graves podrán ser llevadas ante la justicia bajo ciertas medidas cautelares, e incluso se les podrá imponer la prisión preventiva justificada.

La jurisprudencia establece la inconvencionalidad de la prisión automática, debido a las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

¿Cuándo publicaron la jurisprudencia? 

El criterio fue publicado el viernes 5 de abril en el Semanario del Poder Judicial de la Federación.

Con las reformas que entraron en vigor en esta administración se amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, como son delitos sexuales, contra menores, feminicidio, homicidio, entre otros.

¿Qué es un delito grave? 

La Real Academia Española (RAE) indica que los delitos graves son hechos punibles legalmente castigados con penas superiores a los cinco años en prisión.

La licenciada en derecho Livia F. Quezada, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), explicó para MILENIO, que lo que hace que un delito sea considerado “grave” es el tiempo de sanción que amerita el acto ilícito.

“Los delitos graves son aquellos cuya pena es mayor a cinco años en prisión. La diferencia con los delitos leves es el tiempo que dura la sanción, además de que el presunto culpable no puede llevar su proceso en libertad ni salir con fianza”.

La abogada comentó que en México los delitos son clasificados según la gravedad de las acciones del delincuente; sin embargo, esto no quiere decir que los actos ilícitos menos graves no deban ser castigados.

Se entienden como delitos leves a “aquellas acciones punibles que ante el Código Penal ameritan una sanción administrativa o en su defecto una pena menor a cinco años en prisión”, describe la RAE.

RM



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