La Ley de Amnistía del presidente Andrés Manuel López Obrador todavía enfrenta resistencias.
A poco más de dos años de su creación, este “perdón” a algunos acusados, e incluso sentenciados, por ciertos delitos federales registró retrasos y lentitud de la Secretaría de Gobernación al comenzar su aplicación; jueces rechazaron varios casos ya aprobados por la Comisión de Amnistía, e incluso la Fiscalía General de la República (FGR) ha intentado regresar a prisión a beneficiarios de esta nueva ley.
“Ha sido un proceso paulatino, no arrancó como nos hubiera gustado”, reconoció Netzaí Sandoval, director general del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), instancia que más ha recurrido a Ley de Amnistía para buscar liberar a personas, principalmente en situación de vulnerabilidad como pobres o indígenas.
“Más de la mitad de los asuntos en los que las personas obtienen su libertad fueron presentados y documentados por la Defensoría Pública federal, a través de nuestros peritos, trabajadores sociales”, destacó.
Sandoval Ballesteros explicó que fue "difícil" el inicio de la implementación de esta nueva ley porque la Comisión de Amnistía no se integró de inmediato, además de que hubo un retraso en la publicación de sus lineamientos de trabajo, lo que provocó que los procesos fueran todavía más lentos.
“En el primer año (de la ley) se habían liberado en todo el país menos de 10 personas: era una ley que no estaba teniendo los alcances para lo que fue diseñada”, enfatizó en entrevista.
El director general del IFDP aseguró que con la llegada de Adán Augusto López a la Secretaría de Gobernación "todo ha mejorado enormemente”, pues, dijo, se generaron mejores condiciones y se está trabajando mucho más aceleradamente.
“Antes la Comisión de Amnistía sesionaba cada seis meses y ahora es bimestral, están autorizando muchos más casos”, destacó.
Ya superado este difícil inicio, ahora ha sido la FGR la que ha complicado la aplicación de la Ley de Amnistía, al intentar volver a encarcelar a quienes fueron beneficiados de este perdón.
Tan solo en lo que respecta al IFDP, en estos dos años de esta nueva ley, ha realizado 673 solicitudes de liberaciones, correspondientes a 120 mujeres y 553 hombres; ha conseguido 76 liberaciones de 37 mujeres y 39 hombres.
María Isabel San Agustín, quien fuera acusada de secuestro y víctima de tortura, dejó el penal de Santa Martha Acatitla. (Jesús Quintanar)
De acuerdo a una solicitud de información por transparencia, la FGR ha impugnado al menos seis liberaciones obtenidas por la Defensoría Pública federal bajo la Ley de Amnistía.
MILENIO obtuvo una de estas solicitudes de revocación en un caso en el que el beneficiario de esta nueva ley ya había sido sentenciado a varios años de prisión.
En el escrito, un agente adscrito a la Fiscalía Especializada de Control Regional argumentó a un juez que la figura de amnistía no se encuentra contemplada para la procedencia como un recurso de apelación de la sentencia ya interpuesta.
También consideró que, a efecto de que se encuentren en aptitud de combatir las resoluciones emitidas por los órganos de impartición de justicia, existen diversos recursos y medios de impugnación contra este tipo de resoluciones como el de revocación, apelación, denegada apelación y queja.
Incluso puntualizó que para la procedencia y admisión de dichos recursos, el Código Federal de Procedimientos Penales establece ciertos requisitos a cumplir, sin los cuales, “los recursos intentados por ese medio se tildan frívolos e improcedentes y, en consecuencia, el Tribunal ante quien se interponen tales medios de impugnación se encuentra obligado a rechazarlas de plano”.
El juez rechazó esta solicitud del Ministerio Público de la Federación, al calificar de “frívolo o insubstancial” el recurso de impugnación debido a que partió de una premisa “falsa”, pues consideró que debió iniciarse un procedimiento incidental para estar en posibilidad de calificar la determinación emitida por el Ejecutivo federal.
“La amnistía es una expresión por excelencia de la soberanía del Estado (…) la ley no autoriza la aplicación de diversos procedimientos o incidentes, como lo solicita el recurrente, en razón de que ello supondría socavar la exclusiva competencia del Ejecutivo federal para determinar la concesión del beneficio”, explicó.
El juzgador federal aclaró que la amnistía es concedida a manera de perdón por el Congreso de la Unión a través de una ley, con efectos generales, aplicada por el Ejecutivo federal, “lo que supone por parte de dichos poderes un análisis minucioso de la presunción de inocencia, culpabilidad y perdón del beneficiado, lo que refleja la ausencia de perjuicio a la Fiscalía General de la República, pues incluso después de haber obtenido sentencia condenatoria, la amnistía sería procedente”.
En este caso, incluso el juez le ordenó, por tercera ocasión, a la Fiscalía General de la República presentar “a la brevedad” el desistimiento de la acción penal en contra del beneficiario de la Ley de Amnistía.
El juez incluso apercibió al Ministerio Publico de la Federación que, de no hacerlo, se requerirá dicha actuación al fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero.
DMZ