Indemnización por expropiación debe ser a valor comercial, resuelve Corte

La segunda sala del máximo tribunal del país aprobó un proyecto que concluyó que considerar el valor fiscal o catastral implicaría que se empobrezca al propietario.

Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. (Héctor Téllez | Archivo)
José Antonio Belmont
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las expropiaciones que realice el Estado, a nivel federal o local, deben indemnizarse de forma justa a valor comercial y no catastral o fiscal.

La segunda sala del máximo tribunal del país aprobó este miércoles un proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán el cual concluyó que, en estos casos, considerar el valor fiscal o catastral implicaría que se empobrezca al propietario y se afectaría el requisito de una compensación adecuada.

"El hecho de que las autoridades responsables pretendan limitar el pago de la indemnización del bien expropiado a la cantidad que como valor fiscal de ella figure en las oficinas catastrales o recaudadoras, conlleva a que se empobrezca indebidamente al administrado, pues, para otorgarle la indemnización respectiva, no se toma en cuenta el valor comercial de su propiedad", expuso.

Este asunto derivó de un Decreto Expropiatorio fechado el 16 de mayo de 2012, emitido por el gobernador de Jalisco respecto de una superficie superior a 34 mil 395 metros cuadrados que forma parte del predio rústico identificado como parcela, ubicado en el municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos.

Dicha indemnización no superó los 6 millones de pesos a pesar de las afectaciones a una serie de estanques.

"Resulta contrario a derecho que las autoridades responsables pretendan indemnizar a la parte quejosa, tomando como base para ello el valor fiscal del bien expropiado; pues como se ha expuesto, a virtud del parámetro de regularidad, de su armonización e interpretación más extensa en beneficio de los gobernados, la garantía a la justa indemnización implica que la compensación respectiva se tase al valor comercial del bien expropiado", concluyó la SCJN.


DMZ

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.