Al asegurar que el interés superior de la niñez es un concepto jurídico "indeterminado", el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, enfatizó que corresponde a los tribunales determinar los límites de este principio para cada supuesto, "a través de valores y de criterios racionales".
Al participar en la presentación del cuaderno de jurisprudencia Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se compilan precedentes de la SCJN en esta materia, el ministro del máximo tribunal del país expuso que, como juzgadores, en estos casos se tienen que atender los "deseos, sentimientos y siempre la opinión de los menores".
"Debido a que el interés superior de la niñez es un concepto jurídico indeterminado es posible estructurarlo en varias zonas: una de certeza positiva, la condición de inicial mínima, y una de certeza negativa, intermedia, más amplia, llena de ambigüedades y de incertidumbres, por tanto corresponde a los tribunales determinar los límites del interés superior de la niñez para cada supuesto, a través de valores y de criterios racionales. Los criterios relevantes para determinar el caso concreto de la niñez y cómo resolver el problema.
"El problema a resolver por el medio más idóneo, las necesidades materiales básicas y vitales, las de tipo espiritual, de tipo afectivo y de tipo educacional; tenemos que atender los deseos, los sentimientos y siempre la opinión de los menores; mantener un status quo, si es posible, qué incidencia tiene el poder alterar el lugar en donde vive, cuáles son las circunstancias del caso, cuál es la solución estable, jurídica y equitativamente", expuso.
El ministro González Alcántara Carrancá abundó que el interés superior de la niñez impone siempre a un juzgador un estudio comparativo y en ocasiones un estudio "beligerante" entre varios intereses que entran en conflicto.
"La jueza o el juez tendrá que examinar minuciosamente las circunstancias específicas de cada caso para poder llegar, para poder arribar a una solución estable, justa y equitativa con relación a la infancia, porque estamos frente a intereses que deben primar frente a los demás que pueden entrar en juego. Procurar encontrar una concordancia de interpretación de las normas jurídicas en la línea de favorecer a la niñez", aseveró.
DMZ