Una jueza federal dio luz verde a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ CdMX) para que ejecute la orden de aprehensión librada contra el ex director de la entonces Agencia de Gestión Urbana, José Jaime Slomianski Aguilar, por su probable responsabilidad en el delito cometido por servidores públicos, debido a que provocó un daño económico por 29.4 millones de pesos a las arcas de la capital.
María Dolores Núñez Solorio, jueza Cuarta de Distrito de Amparo en Materia Penal, dejó sin efecto la suspensión provisional que impedía la captura, porque Jaime Slomianski no se presentó a comparecer ante el juez de control que lo requirió.
El 25 de enero, el ex funcionario durante la gestión de Miguel Ángel Mancera obtuvo la medida cautelar, pero se le advirtió que tenía tres días para presentarse ante el juez penal para escuchar los cargos, una vez que se reanudaran las actividades en el Poder Judicial de Ciudad de México.
- Te recomendamos Giran orden de captura contra ex titular de la Agencia de Gestión Urbana de CdMx Policía
El Pleno del Consejo de la Judicatura local reinició labores el 22 de febrero “por tanto, resulta evidente que el plazo de tres días concedido ha transcurrido en exceso”, señaló la juzgadora.
“Se hace efectivo el apercibimiento decretado en la suspensión provisional. Esto es que deja de surtir efectos la suspensión provisional concedida. Lo anterior, comuníquese a las autoridades responsables que aceptaron la existencia de la orden reclamada, que queda expedita su facultad para ejecutar dicho acto”, señaló.
Hoy estaba prevista llevarse a cabo la audiencia incidental para resolver si al ex servidor público se le concedía la suspensión definitiva, pero con el pronunciamiento de la juez, esto quedó sin efecto.
En septiembre, la FGJ CdMx solicitó y obtuvo de un juez de control la orden de aprehensión.
El Ministerio Público adscrito a la Coordinación General de Investigación Estratégica, detectó que Jaime Slomianski, junto con otros servidores públicos, supuestamente llevaron a cabo la contratación de empresas de asesoría de tipo técnico y administrativo para la planeación, ejecución, evaluación y control del proceso de obra pública y servicios relacionados, cuando era innecesario, ya que la institución contaba con ese tipo de actividades.
IR