La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la “muerte civil” que se incorporó al Código Penal y a la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contrataciones de Servicios de Jalisco.
La llamada “muerte civil” consiste en la inhabilitación de por vida que se impone como castigo a los ex funcionarios que incurran en un acto de corrupción, a fin de que no puedan volver al servicio público ni participar en ningún tipo de negocio con el gobierno.
“Cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito exceda el límite señalado en el inciso anterior, se aplicará la inhabilitación será desde los treinta años hasta la inhabilitación perpetua”, se lee en el artículo 144, fracción IV inciso B del Código Penal de Jalisco.
Durante la sesión pública del Pleno del máximo tribunal del país, por unanimidad los ministros determinaron que es inconstitucional cualquier sanción que implique una restricción de por vida a un derecho humano.
Los ministros calificaron de excesiva y desproporcional la sanción de inhabilitación perpetua establecida actualmente en Jalisco.
bgpa