Absuelven a acusado por caso de alcohol adulterado en Jalisco

El juez explicó que notó deficiencias en la investigación por parte de la Fiscalía del Estado, así como en la acusación llevada a juicio.

Por las muertes, se señaló a la marca “El Chorrito”. (Milenio)
Diana Barajas
Guadalajara /

Fue absuelto Leonardo “N” quien fue acusado por la venta de alcohol adulterado en la marca El chorrito, cuyo consumo habría causado la muerte de 11 personas en el sur de Jalisco.


El jueves por la noche un juez del municipio de Ciudad Guzmán emitió fallo absolutorio a favor del hombre de 73 años de edad, quien se encontraba en prisión preventiva oficiosa desde hace casi dos años.

Con esto se resuelve el juicio del "chorrito", caso de 2020 en que se dio a conocer la muerte de varias personas en la zona sur de Jalisco con motivo de la aparente ingesta de alcohol adulterado, principalmente en el municipio de Tamazula al consumir pajaretes que alcohol adulterado.

El juez explicó que notó deficiencias en la investigación por parte de la Fiscalía del Estado, así como en la acusación llevada a juicio.

Entre otras cosas, destacó que solamente por una víctima de un total de 11 señaladas por homicidio, se pudo establecer que la causa de muerte fue la ingesta de metanol, en tanto que por el resto de las víctimas mortales, la fiscalía se quedó corta al señalar intoxicación por agente químico a determinar, de ahí que no era posible condenar al acusado. La fiscalía sí recabó análisis químicos pero no se emitieron los dictámenes complementarios en las necropsias

Por el delito de lesiones, se señalaron 11 víctimas pero la fiscalía omitió precisar qué lesiones y cómo se habrían ocasionado en forma específica cada una de ellas, incluso, la fiscalía se enteró en juicio del fallecimiento de algunos de los lesionados.

Aunado a lo anterior, en la acusación, la fiscalía no le atribuyó al acusado alguna conducta específica que pudiera considerarse delictiva pero en su alegato final pretendió dar un giro a una omisión y abandono de deberes que no demostró.

Una vez notificada la sentencia escrita, la fiscalía, las víctimas de lesiones y los deudos de los fallecidos tendrán un plazo de 10 días para interponer recurso de apelación.

​SRN

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