Dan otro revés al abogado Juan Collado; tribunal determina improcedente su amparo

Impugnó que un juez no atendió su petición de desincorporar datos de prueba en el proceso que enfrenta por delincuencia organizada.

Abogado Juan Collado. (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal determinó que es improcedente el amparo que interpuso el abogado Juan Collado, quien impugnó que en el proceso que se le sigue por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, el juez de control no atendió su petición de desincorporar datos de prueba que la Fiscalía General de la República (FGR) presentó.

De acuerdo con registros judiciales, el 13 de enero de 2020, dentro de la fase de investigación complementaria, se celebró la audiencia en que la defensa de Juan Collado solicitó que no se tomaran en cuenta datos de prueba que, a su juicio, se encontraban fuera de los parámetros del auto de vinculación a proceso dictado en contra de su cliente el 10 de julio de 2019.

Sin embargo, Juan Carlos Ramírez Benítez, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de la Ciudad de México, no aceptó la petición de la defensa.

Ante esta situación, Juan Collado se amparó, pero Jorge Antonio Medina Gaona, juez Décimo Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, resolvió sobreseer la demanda por improcedente.

El abogado que permanece interno en el reclusorio Norte, en la Ciudad de México, interpuso un recurso de revisión, pero el Tribunal Federal que revisó el asunto ratificó el fallo.

En primera instancia, el juez Medina Gaona concluyó que el acto reclamado no es de aquellos cuya ejecución sea de imposible reparación, para efectos de la procedencia del juicio de amparo indirecto.

“…pues la determinación de 13 enero de 2020, únicamente define cuestiones meramente procesales, ya que el juez responsable desestimó la petición de la defensa del quejoso, en la que solicitó que se desincorporaran datos de investigación, por lo que no se involucran derechos de naturaleza sustantiva, los que, en todo caso, podrán ser objeto de debate en la audiencia intermedia, en donde se puede cumplir con la totalidad de los principios que rige el sistema penal acusatorio”, detalla la resolución.

La FGR señala a Juan Collado de presuntamente realizar transferencias financieras a España, Andorra y otras partes de Europa, sin comprobar la procedencia de los recursos, además de que simuló la compra de otras compañías.

“En dicha empresa (Libertad Servicios Financieros), José Antonio Rico Rico, Juan Ramón Collado Mocelo y Roberto Isaac Rodríguez Gálvez, en diferentes momentos han desempeñado funciones ejecutivas, de presidentes del consejo de administración, persona moral que realiza transferencias financieras de manera reiterada al exterior como España, Andorra y otras partes de Europa, sin comprobar la procedencia de dichos recursos, existiendo la duda de su procedencia”.

A partir de una querella de la Unidad de Inteligencia Financiera, se acusó a Collado y a otras personas de conformar un “grupo delictivo” que, desde 2010, bajo un reparto de funciones esenciales, lograron vender ficticiamente una propiedad que fingieron adquirir y no les pertenecía.

“…y con el recurso de producto de esa venta ilícita, realizan la dispersión del dinero a través de transferencias bancarias que efectuó Tania Patricia García Ortega a Juan Ramón Collado Mocelo y a empresas de José Antonio Rico Rico, utilizando con ello el sistema financiero mexicano, finalidad que consiguieron a través de la simulación de actos jurídicos ficticios…”, menciona la indagatoria de la FGR.


DMZ

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