SCJN da revés a Poder Judicial de Edomex; buscaba más recursos

El Poder Judicial del Edomex argumentó que los recursos aprobados son inferiores a los de 2018, y no representan el dos por ciento de los ingresos ordinarios de la entidad.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta contra la legislatura local.
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un revés al Poder Judicial del Estado de México, quien pretendía dejar sin efecto la aplicación del Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2019 aprobado por el Congreso local.

Dicho poder argumentó que los recursos aprobados son inferiores a los de 2018, y no representan el dos por ciento de los ingresos ordinarios de la entidad, lo que limita la autonomía judicial.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta contra la legislatura local y el gobernador mexiquense Alfredo del Mazo, pero rechazó otorgar la suspensión solicitada por el Poder Judicial.

De acuerdo con registros judiciales, el magistrado Sergio Javier Medina Peñaloza, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, demandó la invalidez de los artículos 9, 10 y 11, y del artículo 13, del Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2019, publicado en la Gaceta del Gobierno el 31 de diciembre de 2018.

En sus alegatos, manifestó que la aplicación de dicho presupuesto viola lo dispuesto en el artículo 116, fracción III, segundo párrafo de la Constitución Federal. Asimismo, se transgrede el artículo 63, fracciones XVII y XVIII de la Ley Orgánica.

“Lo anterior, porque dicho presupuesto, por un lado, resulta inferior, incluso al otorgado para el ejercicio fiscal 2018, y por otro, no representa el 2 por ciento de los ingresos ordinarios de la entidad, invadiendo con ello facultades que no le corresponden y, por tanto, limitando la autonomía e independencia del Poder Judicial, lo que está constitucionalmente prohibido”, detalla la controversia.

El presidente del TSJEM también demandó la invalidez del artículo Décimo Segundo Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos, referente al Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia, “toda vez que impide, limita y violenta las facultades exclusivas del Consejo de la Judicatura, para fijar el destino de los recursos monetarios que lo integran”.

Indicó que el presupuesto de egresos, no corresponde con el proyecto presentado por el Poder Judicial y aprobado por el Pleno del Consejo de la Judicatura.

“Ello viola la autonomía e independencia del Poder Judicial, impidiendo el cumplimiento de las funciones que constitucionalmente se le encomiendan y, como consecuencia, vulnerando el principio de división de poderes”, apuntó.

IRH

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