Ministro de la Corte propondrá dejar sin efecto sentencia dictada contra asesino de Karla Yesenia

La propuesta busca que el caso de Karla Yesenia Gómez Velasco se analice con perspectiva de género, es decir, como un feminicidio, situación que elevará la condena del responsable.

El feminicidio de Milagros es uno de los 115 ocurridos en el actual sexenio en Guanajuato | Archivo
Rubén Mosso
Ciudad de México /

A más de cinco años del homicidio de la joven Karla Yesenia Gómez Velasco, el caso está por dar un giro, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordará el tema y un ministro propondrá dejar sin efecto la sentencia dictada contra el asesino, para que el asunto se analice con perspectiva de género, es decir, como un feminicidio, situación que elevará la condena del responsable.

Maricruz Velasco Nájera, madre de Karla Yesenia, lleva cinco años reclamando justicia para que Marvin Eduardo Escobedo Figueroa no pueda salir de la cárcel, ya que en primera instancia se le dictó una condena de ocho años y después se elevó a 11.

Madre de joven, víctima de atentado

El activismo de Maricruz atrajo la atención a nivel nacional, y en septiembre de este año fue víctima de un atentado cuando dos personas dispararon contra su domicilio en la colonia Las Granjas, en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, para que dejará de demandar justicia.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentará este 6 de diciembre a sus homólogos de la Primera Sala un proyecto que propone amparar a la madre de Karla Yesenia, porque el caso está plagado de irregularidades, ya que se revictimizó a la víctima y a su familia, porque no se investigó con perspectiva de género, haciendo pasar el delito como un “crimen pasional”.

Karla Yesenia Gómez de 21 años de edad fue asesinada el 4 de julio de 2018, en Tuxtla Gutiérrez, cuando estaba en una reunión con sus compañeros de trabajo.


“…esta Primera Sala no quisiera dejar pasar la oportunidad para remarcar que en esa revisión de constancias también notó que en la sentencia de la Sala de Apelación se realizaron afirmaciones que lastimaron la percepción de la víctima e, igualmente, replicaron un lenguaje estereotipado.
“Como se ha explicado, el calificar un delito como ‘pasional’ es parte de los estereotipos que intentan romantizar y justificar la respuesta violenta que tienen los agresores en contra de las mujeres. Asimismo, intentan desviar las demás líneas de investigación que podrían dar llegar a la verdad de lo acontecido. Al final, estas afirmaciones solo responsabilizan a las víctimas de sus asesinatos y las culpabiliza ante la sociedad”, detalla el proyecto.

El ministro destaca que el Tribunal Colegiado que conoció el amparo en revisión, donde la madre solicita que se reclasifique el delito y aumente la penalidad, malinterpretó los parámetros para juzgar con perspectiva de género y, desde esa base, “validó la vulneración de los derechos de tutela judicial efectiva y a una vida libre de violencia tanto de la quejosa como de la víctima directa, pues a lo largo del procedimiento penal se les revictimizó”, pasando por alto los criterios de la Corte.

“Lo anterior, puede observarse desde la narrativa de los hechos plasmados en el acto reclamado, en los que se deja entrever que los mismos ocurrieron ‘posiblemente [derivado de] un problema pasional bajo los efectos del licor’ y hasta las afirmaciones del tribunal de amparo, en las que establece que (la víctima) no se encontraba en una situación de desigualdad frente al activo del delito”.

Jorge Mario también hace un balance del panorama de violencia contra las mujeres al momento de los hechos y menciona que, durante los meses de enero a julio de 2018, la incidencia de delitos contra las mujeres aumentó un 40 por ciento a comparación de 2017.

El proyecto indica, que, conforme a los datos reportados, el municipio de Tuxtla Gutiérrez ocupaba el segundo puesto con mayor incidencia delictiva. Además, se señaló que, del total, la mayoría de las víctimas se encontraban entre los 18-29 años, y un 14 por ciento de estas eran estudiantes.

“Hasta el momento de esta sentencia, en Chiapas, se registra una tasa municipal por feminicidio 30 veces mayor a la nacional con respecto al año anterior inmediato”, subraya Pardo.

Con el fin reparar los desatinos, el ministro propone revocar la sentencia de la Sala de Apelación en Chiapas y que el Tribunal Colegiado analice las competencias de legalidad y reconozca que la madre de Karla es víctima de la vulneración a su derecho a la tutela judicial efectiva, a la verdad y a la reparación integral del daño con perspectiva de género.

Asimismo, que se ordene a la Sala responsable dejar sin efecto la sentencia de segunda instancia, para que en su lugar emita otra contra el asesino, atendiendo también a su deber de juzgar con perspectiva de género.


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