Un juzgado federal advirtió a las cámaras de diputados y senadores, del Congreso de la Unión, que si en un plazo de 10 días hábiles no acatan la sentencia que les ordenó corregir las omisiones de la Ley General de Comunicación Social aprobada en el último año del gobierno de Enrique Peña Nieto, iniciará el proceso por desacato.
En septiembre pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el mencionado estatuto porque atenta contra la libertad de expresión y carece de reglas claras y transparentes que establezcan los criterios con los cuales debe asignarse el gasto de comunicación de las distintas instancias de gobierno y contratación de medios de comunicación.
Antonio Hernández, secretario en funciones de juez, del juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa, dejó claro que de no acatarse en tiempo y forma el mandato del máximo tribunal de justicia del país sin causa justificada, comenzará con el proceso de inejecución de sentencia.
“Se remitirán los autos originales del expediente en que se actúa, al Tribunal Colegiado de Circuito en turno, para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación”, detalla el acuerdo publicado hoy.
El año pasado, la Primera Sala de la Corte avaló el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien propuso declarar inconstitucional dicha norma, derivado de un amparo promovido por la organización Artículo 19.
El expediente señala que, en México es una realidad innegable que los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública realizan cotidianamente actividades de comunicación social para cumplir con fines informativos, educativos o de orientación social.
- Te recomendamos Diputados aprueban fechas y formato de parlamento abierto para reforma eléctrica Política
Así, el gobierno compra a los medios de comunicación espacios de publicidad de distinto tipo, para que el anuncio se difunda entre la población en general o entre sectores más específicos, con el objetivo de que su mensaje llegue al mayor número de destinatarios. De esta manera, los ingresos que obtienen los medios para difundir comunicación social del gobierno pueden ser indispensables para que éstos se mantengan en operación, especialmente en épocas de crisis.
“Así, para algunos medios de comunicación, la supresión de los ingresos que reciben por publicidad oficial puede implicar que ya no tengan los recursos económicos necesarios para poder seguir funcionando. De esta manera, la dependencia de dichos medios al gasto en comunicación social del gobierno es una situación que supone una amenaza a la libertad de expresión”, detalla la sentencia.
El ministro recordó que el artículo Tercero Transitorio de la reforma constitucional 2014 prevé un marco legal lo suficientemente claro y preciso que disminuya la arbitrariedad de los entes gubernamentales al momento de ejercer el gasto en comunicación social, lo anterior para evitar en la mayor medida posible, que una distribución arbitraria y discriminatoria de dicho gasto sea empleada como mecanismo de censura indirecta o como un fuerte disuasivo de la libertad de expresión.
ir