Por 'Ley Olimpia', vinculan a proceso a joven que fotografió a mujer en baños de la UNAM

Se trata de la primera vinculación a proceso por violencia digital hacia las mujeres, desde que entró en vigor la Ley Olimpia en la Ciudad de México.

El juzgador calificó como legal la detención./ Especial
Ciudad de México /

Un juez de control vinculó a proceso a Jorge Daniel "N", de 21 años, señalado como probable responsable del delito de acoso sexual en la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

De acuerdo con la carpeta de investigación, la víctima refirió que al utilizar los baños de mujeres de la universidad, Jorge Daniel "N" le tomó fotografías con su teléfono celular por lo que fue detenido.

Se trata de la primera vinculación a proceso por violencia digital hacia las mujeres desde que entró en vigor la Ley Olimpia, la cual contempla sanciones penales contra quienes la ejerzan.

Durante la audiencia inicial, el juzgador calificó como legal la detención y le impuso como medida cautelar, presentación periódica, así como la prohibición para acercarse a la víctima.

Además, se fijó un plazo de dos meses para el cierre de la investigación complementaria.

En la Ciudad de México la Ley Olimpia busca sancionar la violencia digital, que consiste en la divulgación de imágenes de contenido sexual, sin consentimiento de las personas involucradas. 

Con la aprobación de la iniciativa se aplican reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. 

¿Qué sanciona la Ley Olimpia? 


Establece el concepto de violencia digital, que consiste en:

  • Videograbar, audiograbar y fotografiar, filme o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados, de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.


  • Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico. 


  • Divulgar cualquier tipo de contenido sexual que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público, además del daño moral tanto a ellas como a sus familias.


  • Iván Ramírez
  • ivan.ramirez@milenio.com
  • Periodista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Editor web y reportero en temas de seguridad y justicia. Amante de los perros. Siempre buscando historias que contar.

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