Oaxaca y su población indígena es conocida mundialmente por su riqueza cultural y por la Guelaguetza, una festividad de danzas, trajes regionales y colores que celebran el folclor, orgullo por sus raíces, solidaridad y respeto a la diversidad, pero también es un ejemplo normativo de usos y costumbres.
De 570 localidades, donde viven más de 4 millones de personas, hay 418 municipios con autoridades tradicionales que se rigen de acuerdo a sus reglas y cultura.
Prácticas indígenas son reconocidas en Oaxaca
Después de que en 1995 se reconoció en la Constitución de Oaxaca, se reconocieron las tradiciones y prácticas indígenas para renovar sus ayuntamientos.
Como muestra de ello, el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca, aprobado en 1997, estableció “reglas internas o procedimientos específicos para la renovación de sus Ayuntamientos”.
Así como en el ejercicio de la democracia, en Oaxaca se priorizan las prácticas ancestrales y, en materia de derecho, se reconocen las reglas propias de esas comunidades y la perspectiva de interculturalidad.
Tradiciones de Oaxaca son protegidas por la ley
La magistrada presidenta del Poder Judicial de Oaxaca, Erika Rodríguez Rodríguez, explicó que así como reúne una extraordinaria diversidad cultural, también conviven en su territorio distintos sistemas normativos que obligan a jueces y magistrados a entender la realidad y la cosmovisión de los pueblos originarios antes de emitir una resolución.
Ese modelo despertó el interés de académicos y especialistas de diversas partes del mundo que llegan al estado para conocer cómo dialogan el Derecho Positivo y los sistemas normativos indígenas.
En muchas comunidades, agregó, las decisiones de las asambleas conservan una fuerza social incluso mayor que la de algunas leyes aprobadas por los congresos, e incluso las que dicta la Constitución.
Por lo que impartir justicia exige comprender esa realidad sin perder de vista el marco constitucional y la protección de los derechos humanos.
Los ejemplos ilustran la complejidad de este modelo. En algunas comunidades, la sanción más severa no es una pena privativa de la libertad, sino la expulsión del pueblo y la prohibición de visitar el panteón donde descansan los familiares, un castigo con un profundo significado cultural.
Del mismo modo, figuras como el tequio — trabajo comunitario en beneficio colectivo-— o las decisiones tomadas por las Asambleas Comunales pueden entrar en tensión con normas del Derecho positivo, obligando a los tribunales a analizar cada caso con una perspectiva intercultural.
Apuntó que el Poder Judicial de Oaxaca cuenta con un protocolo para juzgar con perspectiva de interculturalidad, mediante el cual los impartidores de justicia están obligados a reconocer las cosmovisiones de los pueblos originarios y considerar sus sistemas normativos al resolver los conflictos.
La finalidad es evitar que la justicia se convierta en un instrumento de discriminación y garantizar el respeto a los derechos de las comunidades indígenas.
La magistrada explicó que se trata de comprender un principio comunitario que acompaña a los oaxaqueños toda su vida y se basa en la solidaridad manifestada cuando una familia construye una casa, celebra una boda, enfrenta una enfermedad o despide a un ser querido.
Dar y recibir apoyo no es un gesto extraordinario, sino una práctica cotidiana que fortalece el tejido social y preserva las tradiciones, como la Guelaguetza, que simboliza esa convivencia entre diferentes formas de entender el mundo.
"Nos recuerda que en un mismo lugar podemos confluir personas con distintas formas de organización y pensamiento", refirió.
Esa diversidad también se refleja en el Lunes del Cerro, donde las ocho regiones de Oaxaca comparten sus danzas, gastronomía, lenguas y tradiciones como una expresión de identidad que ha sobrevivido por generaciones y es un espectáculo que cada año atrae a visitantes de Asia, Europa y América.
Además de que esto genera una derrama económica superior a los mil 200 millones de pesos.
RM