Liberación de cuatro refuerza cuestionamientos a la prisión preventiva por protesta del 15N

Las personas procesadas enfrentan cargos por daños materiales a monumentos históricos, un delito de carácter patrimonial que no implicó agresiones físicas ni atentados contra la vida

36 de los detenidos por las protestas del 15 de noviembre han quedado en libertad (Foto: Elda Lastra)
Teresa Sánchez Vilches
Guadalajara /

La decisión judicial que permitió la salida de prisión de cuatro personas detenidas tras la protesta del 15 de noviembre en el Palacio de Gobierno de Jalisco reforzó las críticas de organizaciones de derechos humanos al uso de la prisión preventiva en contextos de movilización social. 

Para el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD), el caso confirma que esta medida se aplicó de forma excesiva y lesiva, como un castigo anticipado que inhibe el ejercicio del derecho a la protesta.

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¿Por qué se dio la liberación de cuatro detenidos?

De acuerdo con Elena Guimaraes, investigadora del área de tortura del CEPAD, la liberación no respondió a un cambio en los delitos imputados, sino a que las defensas lograron acreditar el arraigo de las personas en el estado de Jalisco. 

“El cambio se dio porque presentaron documentos suficientes para acreditar su arraigo en el estado de Jalisco. Esa es la base para poder afirmar que no existe riesgo de fuga”, explicó.

La especialista subrayó que el hecho de que la prisión preventiva se revirtiera únicamente por la presentación de documentación confirma que la medida inicial fue desproporcionada. Las personas procesadas enfrentan cargos por daños materiales a monumentos históricos, un delito de carácter patrimonial que no implicó agresiones físicas ni atentados contra la vida.

 “No se les imputan delitos graves. No se atentó contra la vida de nadie, no se dañó físicamente a nadie y, aun así, se dictó prisión preventiva”, señaló.

Desde la perspectiva del CEPAD, la prisión preventiva es en sí misma una medida lesiva, ya que vulnera el derecho a la presunción de inocencia. 

“Es empezar a cumplir una condena antes de que exista una sentencia”, advirtió la investigadora, quien agregó que, en contextos de protesta social, esta figura adquiere una dimensión política. “Lo que hacen las autoridades es utilizar el entramado institucional para criminalizar las acciones de protesta y desincentivar la movilización”, explicó.

Medidas cautelares violan derechos humanos

A esta lectura se suma la preocupación por las medidas cautelares impuestas a quienes recuperaron su libertad, entre ellas la prohibición de participar en manifestaciones. Para el CEPAD, esta restricción tampoco es compatible con los derechos fundamentales. “Por supuesto que no es compatible con el derecho a la protesta ni con la libertad de expresión”, afirmó Guimaraes.

El caso se originó el 15 de noviembre, cuando durante una protesta en el centro de Guadalajara policías estatales y municipales detuvieron a más de 40 personas. Tras las primeras audiencias, 32 quedaron en libertad al no acreditarse su participación en los daños registrados. 

Ocho personas fueron vinculadas a proceso y, de ellas, siete recibieron prisión preventiva justificada. El jueves 11 de diciembre, cuatro de esas personas salieron de prisión tras acreditar su arraigo en la entidad, mientras que tres continúan privadas de la libertad.

Sobre quienes permanecen en prisión, Guimaraes señaló que en al menos uno de los casos sí podría acreditarse el arraigo, aunque el proceso se complicó porque durante la detención policías le habrían robado pertenencias, incluidas identificaciones. “Eso complica la situación, pero se está trabajando para conseguir los documentos suficientes”, explicó.

Detenciones, peligroso precedente en Jalisco

Mientras tanto, las personas privadas de la libertad enfrentan riesgos graves, advirtió la investigadora. “La prisión preventiva es violatoria del derecho a la presunción de inocencia y a la libertad personal, pero además hay una revictimización constante, sobre todo cuando hubo detenciones arbitrarias y actos de tortura”, señaló. A ello se suma el impacto emocional de permanecer lejos de sus familias en fechas especialmente sensibles.

Más allá de los casos individuales, el CEPAD alertó sobre el precedente que este episodio podría sentar en Jalisco. Guimaraes recordó que en años recientes las protestas sociales no derivaban en prisión preventiva. “No hay antecedentes cercanos de que se impusiera prisión preventiva de inicio en protestas sociales como esta”, dijo, y añadió que el último caso comparable ocurrió en 2004, durante las protestas en el marco de la Tercera Cumbre de América Latina, el Caribe y la Unión Europea.

Para el CEPAD, el caso del 15 de noviembre no solo define la situación jurídica de quienes fueron detenidos, sino que abre una discusión de fondo sobre cómo se está tratando la protesta social en Jalisco. “Tenemos que estar muy alertas y dejar claro que no vamos a quedarnos pasivas ante cualquier acto represivo”, concluyó Guimaraes.

OV

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