Llegar tarde, no cumplir una orden y “tibieza”, las faltas que serán castigadas en la Marina

Los elementos recibirán una amonestación o arresto cuando transcurran ocho días naturales contados a partir del día en que se cometió la falta.

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Ciudad de México /

La Secretaría de Marina (Semar) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el catálogo de faltas a la disciplina naval, en términos de los dispuesto en la ley orgánica de la armada mexicana.

Según lo establecido, el personal naval desde su alta en el servicio activo deberá cumplir con los deberes navales de acuerdo con su jerarquía, cargo o comisión que desempeñe. 

Además recibirán una amonestación o arresto cuando transcurran ocho días naturales contados a partir del día en que se cometió la falta excepto que el superior jerárquico así lo decida o el mando naval correspondiente ordene una investigación.

Toda orden de arresto deberá de comunicarse por escrito, cuando un elemento se le comunique dos o más arrestos, estos se cumplirán en forma simultánea. Las faltas leves se sancionarán mediante la imposición de los correctivos disciplinarios con amonestaciones o arrestos, mientras que las faltas graves se sancionarán mediante el correctivo disciplinario que determine el órgano competente.

Entre los incumplimientos que serán considerados como faltas leves se encuentran llegar tarde a sus labores y no dar oportuno o debido cumplimiento a una orden sin una causa justificada, entre otras 30 actividades que serán sancionadas con amonestaciones o arrestos de duración de 24 a 96 horas, esto de acuerdo con la jerarquía del infractor.

Las infracciones de 24 horas a 8 días son

  • No cumplir con oportunidad una disposición del mando.
  • Manifestar “tibieza” en el servicio o desagrado por la fatiga que exige su obligación.
  • Externar expresiones de manera directa o por medios de comunicación acciones que denigren, afecten o menoscaben la “dignidad” de un militar, entre otras 19 actividades.

Entre las faltas graves está el realizar actos u omisiones que vayan en contra de la moral dentro y fuera del servicio, ingerir bebidas alcohólicas en unidades o establecimientos navales, emplear en beneficio propio o de terceras personas los recursos humanos y materiales de la institución, entre otras 39 faltas.

Dicho catálogo entrará en vigor este miércoles y dejará sin efecto el acuerdo secretarial 087 mediante el cual expide el catálogo de faltas de la secretaría de marina publicado en junio de 2003.

  • Nilsa Hernández
  • Reportera de negocios, especializada en temas de consumo, agroindustria y comercio internacional. Egresada de la FCPyS. Soy amante de las buenas historias, las películas de terror, largas pláticas y los gatos.

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