Un hombre de 43 años empujó a un joven de 27 años a las vías del Metro de la Ciudad de México en la estación Chabacano de la Línea 9 del Sistema de Transporte Colectivo (STC), que va de Pantitlán a Tacubaya, tras haber tenido una pelea con él.
El hecho ocurrió el pasado 25 de enero. Policías Auxiliares (PA) de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, detuvieron a Elisur "N", quien al parecer empujó al otro usuario a la zona de vías luego de una riña entre ambos.
Los policías solicitaron el corte de energía, en tanto personal de Seguridad Industrial del Metro rescató al joven y lo diagnosticaron como policontundido, es decir, con algunos golpes, pero no fue necesario su traslado a un hospital.
El probable responsable fue puesto a disposición del agente del Ministerio Público correspondiente, quien realizará las investigaciones del caso y definiría su situación jurídica.
Multa por pelearse en el Metro de la CdMx
El Metro cuenta con su propio reglamento, pero en éste sólo se menciona qué deben y no hacer los usuarios dentro de las instalaciones.
El Título Tercero, Capítulo I Artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México menciona que son infracciones contra la dignidad de las personas:
- Fracción I
Vejar, intimidar o maltratar física o verbalmente a cualquier persona o grupo de personas.
- Fracción V
Propinar a una persona, en forma intencional y fuera de riña, golpes que no le causen lesión;
- Fracción VI
Lesionar a una persona siempre y cuando las lesiones que se causen de acuerdo con el dictamen médico tarden en sanar menos de quince días. En este caso solo procederá la conciliación cuando el probable infractor repare el daño; las partes de común acuerdo fijarán el monto del daño.
Esto podrías pagar por pelearte en el Metro
En el caso de la Fracción I del Artículo 26, de acuerdo con el Artículo 31 de dicha ley, a la persona se le sancionará con una multa por el equivalente de 1 a 10 veces la Unidad de Medida (UMA) o arresto de 6 a 12 horas o trabajo en favor de la comunidad de 3 a 6 horas.
La UMA, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
El valor actual de la UMA equivale a $ 108.57 pesos diarios. Tomando en cuenta ello, el pago de la multa por pelearte en el Metro será de hasta mil 85.7 pesos.
En el caso de que se considere que se aplicará la Fracción V del Artículo 26, se sancionará con multa equivalente de 11 a 40 Unidades de Medida, es decir, de mil 194.27 pesos a 4 mil 342.8 pesos, o quedar bajo arresto de 13 a 24 horas o hacer trabajo en favor de la comunidad de 6 a 12 horas.
Y para la Fracción VI del mismo Artículo 26, se sancionará con arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad.
Recuerda que el juez, dependiendo de la gravedad de la infracción podrá imponer como sanción la amonestación, cuando en el registro del juzgado no existan antecedentes de la persona infractora.
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