Miguel Ángel Félix Gallardo, “El Jefe de Jefes”, líder del Cártel de Guadalajara, admiraba la vida de la actriz mexicana Salma Hayek, al menos eso se presume, cuando en 2016, solicitó un permiso para que las autoridades penitenciarias le permitirán leer el libro biográfico de la veracruzana.
A la par, el capo sinaloense solicitó mediante el memorándum DT/0016/2016, dirigido a la entonces dirección del área técnica del Complejo Federal de Puente Grande, la consulta de 77 ejemplares más, entre los cuales destacan: la biblia, pero en letras grandes, versiones de la muerte, y 'La batalla del Irlandés'.
Por aquellos años, Miguel Ángel Félix Gallardo se metió a estudiar la secundaria, aprovechando que aún veía con los dos ojos, sin embargo, dejó de asistir a la escuela cuando perdió parcialmente la vista y el oído, se lee en un documento.
“Al igual que diversos internos que se ubican en el Centro de Observación y Clasificación, participa en la actividad de programas escolares, repasando contenidos de secundaria de manera intrainstitucional, acude a la actividad cuando es convocado, empero ha manifestado en reiteradas ocasiones no estar en condiciones de revisar los materiales escolares asignados por las limitantes visuales y auditivas que presenta, razón por la que durante el curso de las asesorías sólo socializa sobre temas alusivos a la historia contemporánea de México”. Cuando comenzó a faltar a clases “El Jefe de Jefes”, se excusaba diciendo: "No es mi deseo el día de hoy participar".
Tras una serie de estudios médicos, se llegó a la conclusión de que Miguel Ángel Félix Gallardo padecía "ptisis bulbi en el ojo derecho, catarata senil en izquierdo", por lo que a partir de ese momento su vida se limitó a sólo caminar por el patio del complejo carcelario.
No podía hacer ejercicios de alto impacto, mucho menos forzar la vista para leer, pero también dejó de lado una de sus grandes pasiones, la música, de hecho, se inscribió en el taller de música pero a los meses lo dejó. La salud de Félix Gallardo se vio mermada. Sus abogados solicitaron que su dieta fuera modificada, privilegiando las frutas y las verduras por la carne, debido a los distintos padecimientos que lo aquejaban. Esto es lo que se menciona en el texto.
Cuenta con la siguiente prescripción dietética: sin embutidos, alimentos procesados, condimentados, cítricos, lácteos, no alimentos caldosos, rica en fibra, abundante fruta y verdura con yogurt, queso fresco, 2 litros de agua al día, y en la tarde-noche no más de 250 ml. toda carne magra y asada y dar solamente cada tercer día, solamente puede consumir huevo por las mañanas, precisando que actualmente dicha dieta la tiene indicada de manera permanente".
Asimismo, cada tercer día se proporciona cárnico (pescado, pollo o res), los cuales son asados sin condimentos, los días que no le corresponde comer cárnico, se le sustituyen las proteínas de estos por queso fresco y leguminosas, a fin de cubrir el aporte proteico de alto valor biológico". En relación al aporte de fibra y solicitud de abundante fruta y verduras se otorga doble ración de fruta y verduras frescas y/o al vapor a diario en los tres servicios de alimento.
Respecto a los líquidos, éstos son distribuidos en desayuno 875 ml., en comida 875 ml. de agua fresca (no cítrica), en la cena 250 ml. evitando los lácteos, sustituyéndolos por avena en agua, té y jugos. Relativo a sus desayunos, se le proporciona 3 veces a la semana el huevo completo (con yema), y los demás días solamente claras de huevo.
Aunado a que los alimentos que recibe el quejoso, se le proporcionan al igual que el resto de las personas que se encuentran en esta Institución de acuerdo al horario programado, el cual es el siguiente: desayuno de las 07:00 a las 08:30, comida de 13:00 a 14:30 y la cena 07:00 a 08:30 horas; recibiendo sus alimentos en la estancia en la cual habita, toda vez que se encuentra ubicado en el Centro de Observación y Clasificación, siendo que todas las personas que habitan en dicho módulo reciben sus suministros alimenticios en su estancia, de conformidad con el artículo 63 del Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social.
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