La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto que podría abrir la puerta a farmacéuticas que buscan que se declare la nulidad de patentes de otras empresas para que puedan elaborar ciertos medicamentos.
El tema está previsto ser abordado esta semana por la Primera Sala de la Corte, donde la ministra Margarita Ríos Farjat propondrá conceder la protección de la justicia a una empresa.
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Se trata de un amparo directo en revisión promovido por Sandoz S.A. de C.V., compañía líder en medicamentos genéricos y biocomparables con sede en Holzkirchen, Munich, Alemania, la cual tiene presencia en México y que forma parte del Grupo Novartis.
Desde hace años, Sandoz busca elaborar un medicamento que sirve para prevenir accidentes cerebrovasculares, el cual produce la farmacéutica Pfizer con partículas de apixabán, cuya patente vence el 24 de febrero de 2031.
En 2020, Sandoz solicitó al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) iniciar un procedimiento para declarar nula la patente de la otra empresa, “por carecer de novedad, claridad, soporte y suficiencia descriptiva, actividad inventiva y aplicación industrial”.
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Después de tramitar el asunto, el IMPI determinó que Sandoz carecía de interés jurídico para objetar la patente.
La farmacéutica promovió un juicio de nulidad en el que se confirmó la decisión del IMPI, por lo que acudió a un juicio de amparo en el que planteó la inconstitucionalidad del artículo 188 de la Ley de la Propiedad Industrial por considerar que restringe el acceso a la justicia por exigir un interés jurídico para solicitar la nulidad de una patente y excluir otros tipos de interés.
El Tribunal Colegiado del conocimiento negó el amparo y la empresa interpuso un recurso de revisión, razón por lo que el asunto escaló a la SCJN.
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La ministra Margarita Ríos Farjat propondrá otorgar el amparo para el efecto de que la Sala Especializada en Materia de Propiedad Industrial Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) deje sin efecto la resolución que emitió en el 9 de septiembre de 2022, en el juicio 1187/21-EPI-01-5.
Asimismo, ordena evaluar de nueva cuenta la petición de Sandoz, porque las personas carentes de interés jurídico también pueden solicitar al IMPI que valore los hechos y pruebas que le aporten. Por este motivo la Sala del TFJA tendrá que emitir una resolución fundada y motivada en la que decida si comienza o no un procedimiento administrativo.
Proyecto de Margarita Ríos Farjat
En su proyecto, la ministra destaca lo siguiente:
“En este tenor, interpretado de la manera que antecede el artículo 188 de la Ley de la Propiedad Industrial respeta el principio de acceso a la justicia y se aproxima a maximizar la voluntad legislativa de ampliar el interés de jurídico a legítimo para iniciar el procedimiento de oposición a una patente en el que su resultado beneficiaría a la población en general.
“Más aún si quien promueve la instancia es una empresa farmacéutica que tiene los conocimientos técnicos para aportar información relevante al IMPI en torno una patente en esa materia farmacéutica pues, lo cierto es que, al pervivir una patente incorrectamente otorgada sobre un producto farmacéutico imposibilita su producción por un agente distinto al titular de la patente; de ahí que se configure su especial situación frente al orden jurídico.
“En ese extremo se demuestra un interés más allá del simple porque que en caso de obtener una resolución favorable se materializaría un beneficio jurídico relevante y concreto, consistente en poder fabricar y comercializar un producto farmacéutico que antes estaba vedada su producción genérica en virtud de una patente previamente otorgada a otra empresa”.
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GGA