Morena y PT impugnan criterios para 'blindar' a funcionarios que busquen un cargo de elección popular

Las acciones de inconstitucionalidad es para proteger a servidores públicos que buscan un cargo de elección popular, pese a ser sancionados en materia electoral.

Ambos institutos políticos reclamaron los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación | Pixabay
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Las dirigencias nacionales de Morena y del Partido del Trabajo (PT) promovieron dos acciones de inconstitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con la intención de proteger a los servidores públicos que buscan un cargo de elección popular, pese a ser sancionados en materia electoral.

Ambos institutos políticos reclamaron los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que establecen que la Sala Especializada y los tribunales electorales locales deben examinar los casos sobre la pérdida del modo honesto de vivir de funcionarios sancionados por violar la Constitución y leyes en procesos electorales, situación por la que estarían impedidos para ser candidatos.

Las acciones de inconstitucionalidad se presentaron después de que el TEPJF determinó que 16 gobernadores y la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, incurrieron en “ilícitos constitucionales” y desobediencia durante el proceso de revocación de mandato tras difundir propaganda gubernamental y propaganda personalizada.

Por este motivo, los magistrados electorales avalaron que las próximas denuncias que se presenten por ilícitos electorales, que involucren a funcionarios, se analizará la pérdida del modo honesto de vivir, lo que les impediría acceder a cargos de elección popular.

Mario Delgado, líder nacional de Morena solicitó a la Corte que se declare la invalidez de los criterios establecidos en la sentencia SUP-REP-362/2022 y sus acumuladas, que obligan a todas las autoridades electorales del ámbito federal y local, para que, al momento de resolver los procedimientos sancionadores analicen y, en su caso declaren la suspensión del requisito de elegibilidad consistente en contar con un modo honesto de vivir.

“De lo anterior se puede advertir que la Sala Superior del TEPJF carece de competencia constitucional para hacer subsistir con rango equivalente a ley dichos criterios, aun cuando la subsistencia de los criterios generales en mención solo sea hasta sea hasta en tanto se legisle al respecto…”, detalla el escrito del líder de Morena.

El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, ordenó turnar las acciones de inconstitucionalidad a uno de los ministros, quien en los próximos días resolverá si las admite a trámite.


ir

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.