¡Adiós al claxon con "La Cucaracha"! Ésta es la multa por modificar tu vehículo en CdMx

El uso de vidrios polarizados, una bocina distinta a la de fábrica o faros deslumbrantes son algunas de las prohibiciones en la personalización de vehículos.

Vehículos 'tuneados'. | Ariana Pérez
Ciudad de México /

Vehículos en colores neón, con neumáticos metálicos o faros deslumbrantes son parte de modelo de coches deslumbrantes que vendió la saga Rápidos y Furiosos, pero caer en la tentación de tunear con tal estridencia tu automóvil podría acarrearte sanciones económicas en la Ciudad de México.

De acuerdo con el Reglamento de Tránsito capitalino, hay una serie de claras modificaciones que generan una falta a la norma, por ello, aquí te presentamos qué es lo que explica el Artículo 43 y a qué sanciones podrías ser acreedor en caso de incumplir con los puntos.

Modificaciones que no se pueden hacer a los vehículos 

De acuerdo con el Artículo 43 del Reglamento de Tránsito se prohíbe instalar o utilizar en vehículos motorizados:

  • Bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicas u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura.


  • Faros deslumbrantes que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas y pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones.


  • Luces de neón y/o porta placas que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo o micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas.


  • Sistemas antirradares o detector de radares de velocidad.


  • Modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con objeto de provocar ruido excesivo.


  • Bocinas (claxon) que produzca ruido excesivo o un sonido diverso al que producía la bocina original de fábrica.


  • Películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20 por ciento. Cuando así se requiera por razones médicas, debidamente acreditadas ante la Secretaría, y deberá constar en la tarjeta de circulación.

Sanciones por modificaciones

Con base en la Unidad de Medida y Actualización Vigente, las multas por faros deslumbrantes y luces neón alcanzaría un máximo de mil 924 pesos

Por su parte, la sanción por bandas de oruga, modificaciones al sistema de escape y vidrios polarizados alcanzaría un máximo de 2 mil 887 pesos.

Finalmente, el uso de sistemas antirradares generaría la sanción más cara con 3 mil 840 pesos.


DMZ

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