La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso punto final al litigio que entabló el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, que preside el senador Napoleón Gómez Urrutia, el cual buscaba ser el titular del Contrato Colectivo de Trabajadores de la principal planta de Altos Hornos de México (AHMSA).
La ministra Yasmín Esquivel Mossa propuso negar la protección de la justicia al sindicato de Napoleón, propuesta que fue avalada por los ministros de la Sala, con lo que puso fin a una batalla legal de más de ocho años.
De acuerdo con el expediente, el 4 de septiembre de 2015 se dio inicio al juicio laboral, en el que el sindicato de Napoleón reclamaba de la Planta Siderúrgica Número 1 de AHMSA, la pérdida de titularidad y administración del Contrato Colectivo de Trabajo, de los trabajadores que prestan servicios para el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Conexos (SNDTM).
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El 2 de octubre de 2017, la autoridad responsable dictó un primer laudo, en el cual se concluyó condenar a los demandados a reconocer que el sindicato actor en el juicio era el representante del interés profesional mayoritario de los trabajadores al servicio de la empresa codemandada y, por tanto, le correspondía la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo.
Asimismo, se condenó a la empresa codemandada, a que hiciera entrega al sindicato actor, de las cuotas sindicales que descontara a sus trabajadores, a partir de la fecha de la resolución.
En contra de esa resolución, el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, promovió un amparo directo.
En sentencia de 30 de agosto de 2018, dicho órgano colegiado determinó conceder la protección de la justicia, para que la autoridad responsable dejara insubsistente el acto reclamado y dictara otro en el que se pronunciara nuevamente sobre la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo.
El 16 de mayo de 2022, la Junta del conocimiento dictó un segundo laudo, en el que condenó a los demandados a reconocer que el SNDTM, era el representante del interés profesional mayoritario de los trabajadores al servicio de la empresa codemandada y, por lo tanto, le correspondía la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo.
También condenó a la empresa codemandada, a que hiciera entrega al sindicato actor, de las cuotas sindicales de sus trabajadores, a partir de la fecha de dicha resolución.
Inconforme con dicha determinación, el gremio de Napoleón promovió juicio de amparo directo. De dicha demanda tocó conocer al Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, pero el asunto escaló a la Corte.
El sindicato de Gómez Urrutia reclamó la inconstitucionalidad del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, ya que permite que las empresas se entrometan en los conflictos inter-sindicales.
“El artículo combatido es inconstitucional, debido a que parte del principio de que la empresa tiene los mismos derechos que los sindicatos en el procedimiento de titularidad, cuando ella no puede ser parte en un conflicto inter-sindical como lo son los sindicatos, ya que va en contra del derecho de libertad sindical, protegido por la Constitución y los pactos internacionales”, señaló.
Sin embargo, la ministra declaró infundados los argumentos, “además, que dichos reclamos están encaminados a controvertir aspectos de legalidad en relación con el desahogo de la prueba de recuento, los cuales no pueden ser materia del presente recurso”, apuntó.
RM