Hidalgo suma 11 carpetas de investigación por feminicidio en nueve meses

Se analizan dos iniciativas, una para incrementar las penas y otra para dar pensión a los hijos de las víctimas

Marcha contra los feminicidios en Hidalgo. (Francisco Villeda)
Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

De enero a septiembre de este año se han iniciado en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) 11 carpetas de investigación por el delito de feminicidio.

En los últimos nueve meses este delito se ha denunciado en ocho municipios, el primer lugar lo ocupa Tizayuca y en segundo sitio se encuentra Pachuca, la capital del estado.

Así en Tizayuca se han iniciado tres carpetas de investigación por feminicidio, dos en Pachuca y una carpeta en Atotonilco de Tula, Huejutla, Ixmiquilpan, Tulancingo, Yahualica y La Misión respectivamente.

La Procuraduría precisó que de las 11 carpetas de investigación nueve se han judicializado, una se envió al archivo por la muerte del imputado, una carpeta está por judicializarse y se ha vinculado a proceso a ocho personas.

De enero a agosto de este año se iniciaron nueve carpetas en la Procuraduría del estado, en septiembre, el primer mes del gobierno de Julio Menchaca Salazar, sumaron dos más: una de Pachuca y una de la Misión.

De acuerdo con el Informe del Feminicidio en el estado de Hidalgo, elaborado por la entonces Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos de Género de la Procuraduría ahora nombrada Fiscalía de Delitos de Género y Trata de Personas, en 2013 se iniciaron 11 carpetas de investigación por feminicidio; en 2014 aumentaron a 19; en 2015 fueron 20; en 2016 aumentó a 22; en 2017 se mantuvieron en 22; en 2018 y 2019 se mantuvieron en 20; en 2020 se contabilizaron 19; en 2021 las carpetas de investigación sumaron 21; y en entre enero y septiembre de 2022 se registran 11.

El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece que comete el delito de feminicidio quien por razones de género prive de la vida a una mujer y se le impondrá sanción de 25 a 50 años de prisión y de 300 a 500 días multa.

Se entiende que existen razones de género cuando se esté en presencia de cualquiera de las siguientes circunstancias: la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previamente a la privación de la vida, o se realicen marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver o éste sea mutilado; existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, hostigamiento o aprovechamiento sexual, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

Además que el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento; habiendo existido entre el activo y la víctima alguna de las siguientes relaciones: sentimental, afectiva, de confianza, de parentesco o de hecho; o habiendo existido entre el activo y la víctima una relación laboral o docente que implique subordinación o superioridad.

Cabe mencionar que tras el primer año de ejercicio constitucional de la LXV legislatura del Congreso del estado el delito de feminicidio sumó dos iniciativas, una para incrementar las penas y otra para dar pensión a los hijos de las víctimas las cuales se encuentran en análisis.

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