El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito ordenó el pasado viernes valorar la libertad inmediata de los empresarios neoleoneses propietarios del consorcio de parques industriales Desarrollo Logistik, por considerar que se trata de adultos en edad avanzada que no deberían pisar la prisión; no obstante, unas horas después, el juez Armando Barajas García omitió cumplir con la suspensión.
De acuerdo con las sentencias emitidas por el Colegiado en los casos de Fernando Villarreal y Blanca Ballesteros, ambos empresarios se encuentran en los supuestos de excepción que establece el Artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales por cuestiones de edad; por lo que una eventual medida de prisión preventiva debe ejecutarse en su domicilio.
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En los mencionados documentos, relativos a los Recursos de Queja 3/2024 y 4/2024, se instruye al juez de control encargado de las respectivas causas penales realizar una audiencia para considerar estos preceptos incluidos en el Derecho Internacional, para ordenar en su caso la liberación inmediata de los empresarios y su posterior traslado a su domicilio.
La mencionada audiencia se realizó el mismo viernes 5 de enero, en la que el juez de Control y de Juicio Penal Oral del Estado de Nuevo León, Armando Barajas, fue omiso en el cumplimiento de los lineamientos que le fueron impuestos y reiteró las mismas consideraciones sobre las que resolvió al momento de imponer la prisión preventiva.
Tanto Fernando Villarreal como Blanca Ballesteros permanecen en prisión desde el 19 de diciembre del año pasado, como resultado de una denuncia por presunto fraude interpuesta por los accionistas minoritarios de su compañía, encabezados por José Luis Salas Cacho, José Cerrillo Chowell, Roberto Lopez Palau y Marcelo de los Santos Anaya; este último hijo del exgobernador de San Luis Potosí, Marcelo de los Santos Fraga.
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La defensa legal de los accionistas mayoritarios, encabezada por el abogado penalista Samuel Rubio, aseguró que la causa penal iniciada por estos socios obedece a una estrategia para despojar de su patrimonio a los propietarios originales del consorcio; por lo que los recursos legales que obran contra sus defendidos carecen de legitimidad.
Prueba de lo anterior, agregó Rubio, es que se le otorgó prisión preventiva a dos adultos mayores en violación al derecho constitucional e internacional, además de que la citada medida cautelar tampoco era aplicable en el delito que se imputa.