Un juez federal admitió a trámite la demanda de amparo que promovió el ex secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, contra la investigación que realiza la Secretaría de la Función Pública (SFP), sobre un supuesto incremento inexplicable de su patrimonio.
El hoy senador de la República interpuso la demanda de garantías en julio pasado, pero fue desechada por Víctor Octavio Luna Escobedo, juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa.
Osorio Chong impugnó y el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa declaró fundado su recurso de queja, resolución que fue emitida en septiembre pasado, pero que apenas fue notificada al juez de primera instancia, por lo que el amparo fue admitido a trámite.
Ahora, el juez Luna Escobedo pidió al ex titular de la Segob que le informe en un plazo de cinco días qué estado guarda su caso, o si promovió algún recurso o medio de defensa en vía contenciosa o de nulidad; o un diverso juicio de amparo.
También le solicitó que precise el efecto para el que pidió la concesión de la medida cautelar; lo anterior, para que el juez pueda pronunciarse sobre la concesión o negativa de la suspensión del acto reclamado.
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El pasado 14 de septiembre, Osorio Chong informó que la Fiscalía General de la República (FGR) determinó no ejercer acción penal en su contra por el supuesto crecimiento injustificado de su patrimonio.
El coordinador del PRI en el Senado dejó claro que en el caso de la investigación que realiza la Secretaría de la Función Pública se le entregaría la resolución en aproximadamente mes y medio.
El amparo de Osorio Chong
En su demanda, Osorio Chong narró que recibió un oficio el 11 de febrero de este año, donde el director de Verificación Patrimonial B adscrito a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial, dependiente de la Unidad de Responsabilidades Administrativas, Controversias y Sanciones de la Subsecretaría de Combate a la Impunidad de la Secretaría de la Función Pública, le solicitó aclarar y ofrecer pruebas, por el supuesto “incremento inexplicable y sin justificación en su patrimonio” durante su desempeño como titular de la Segob.
Indicó que el 5 de marzo formuló las aclaraciones que consideró pertinentes y ofreció pruebas en la Oficialía de Partes de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial.
No obstante, en la substanciación del procedimiento, el 22 de junio la directora contable de Verificación Patrimonial adscrita a la Dirección General de Responsabilidades y Verificación Patrimonial emitió el dictamen contable financiero en el que concluyó que el servidor público investigado no aclaró ingresos por 14 millones de pesos.
Ante esta situación, Osorio Chong interpuso el amparo donde impugnó la discusión, aprobación, refrendo y promulgación del Decreto por el que se expidió la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; en específico los artículos 33, 36, 37, 41, 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Y también reclamó la orden y emisión del acuerdo de 24 de junio, dictado en el procedimiento de verificación patrimonial, por medio del cual se concluyó la etapa de investigación y se determinó una presunta irregularidad en la evolución patrimonial.
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