La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Margarita Ríos-Farjat, propondrá revocar una sentencia para que un Tribunal Colegiado ponga fin al caso de la esgrimista mexicana María Paola Pliego Lara, quien no pudo ir a los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro y que demandó por daño moral y patrimonial a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) por 15 millones de pesos.
La Conade promovió un juicio de amparo directo contra el fallo que la condenó a dicho pago. El proyecto de Ríos Farjat menciona que no se debió amparar a la Conade para que se repusiera el procedimiento, y por tanto no debe dársele más largas al caso, ya que solo se deben valorar las pruebas existentes, las cuales en dos instancias judiciales se ha fallado a favor de la deportista.
En el verano de 2016, la Conade, a través de su Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje, actuó negligentemente al analizar la prueba antidopaje practicada a la atleta el 24 de junio del citado año, en el marco del Campeonato Panamericano de Esgrima que se celebró en Panamá, lo que derivó en un falso positivo a la sustancia modafinil, la cual es utilizada como neuroestimulante.
Esta situación privó a Pliego Lara de participar en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro, Brasil, a los que ya había clasificado en las modalidades individual y por equipos de la prueba de esgrima.
El juez de primera instancia y de la Décima Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, coincidieron que la esgrimista acreditó los extremos de la acción de reparación de daño patrimonial y daño moral que reclamó.
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De acuerdo con los antecedentes, el juzgador resolvió que, correspondía a la Conade y no a la deportista, la carga de probar la inexistencia de culpa o negligencia por parte de su laboratorio en el análisis de la prueba antidopaje mencionada, sentencia que confirmó la Sala.
No obstante, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil amparó a la Conade para el efecto de que la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia dictara una nueva sentencia en la que ordenara al juez reponer el procedimiento, con la finalidad de dar oportunidad, tanto a la comisión como a la esgrimista, de ofrecer las pruebas adicionales que consideren pertinentes vinculadas con el elemento de la culpa de la responsabilidad civil.
El próximo 30 de noviembre la ministra Ríos-Farjat propondrá a sus homólogos de la Primera Sala revocar la sentencia del Tribunal Colegiado, por considerar que no debió amparado a la Conade.
“Al respecto, no debe olvidarse que, en este caso en específico, desde que formuló su contestación a la demanda natural, la Conade negó todos y cada uno de los hechos narrados por la esgrimista con la expresa intención de ´revertir la carga de la prueba a la parte actora a efecto de que acredite todas y cada una de sus afirmaciones’. Esta conducta resulta en sí misma inadmisible e impropia para un organismo público descentralizado que posee una mayor proximidad probatoria y, además, tiene encomendadas funciones de interés público, para cuya consecución utiliza recursos públicos, respecto de los cuales debe ofrecer la máxima transparencia y certidumbre”, puntualizó la ministra.
De aprobarse el proyecto, el asunto será devuelto al Tribunal Colegiado, cuya sentencia quedará revocada y deberá reiterar que la carga de probar la inexistencia de negligencia en el análisis de la muestra biológica que se le tomó a la esgrimista corresponde a la Conade.
Asimismo, deberá estudiar los conceptos de violación que no se han analizado y resolver el fondo del amparo con los argumentos y las pruebas que forman parte del juicio.
“Para ello, deberá valorar si la información y la documentación que se haya exhibido y que se relacione con conocimientos especializados técnicos y/o científicos fue debidamente procesada, interpretada y explicada por la parte oferente, de una forma lo suficientemente clara y ordenada como para ser accesible, no sólo a las personas operadoras de la justicia, sino principalmente a la sociedad en general”, detalla la propuesta.
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