Tribuna deja sin efecto proceso contra pareja de 'El Mochaorejas': ¿Por qué?

Daniel Arizmendi secuestró a Raúl Nava Ricaño, hijo de un empresario dedicado a la exportación de plátanos y dueño de bodegas.

El Mochaorejas acostumbraba a cortarle las orejas a sus víctimas y mandárselas a sus familiares.
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal amparó a Dulce Paz Venegas Martínez, pareja sentimental del secuestrador Daniel Arizmendi López, El Mochaorejas.

La sentencia ordena dejar sin efecto el auto de formal prisión dictado hace 26 años por los delitos de delincuencia organizada y privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro, ya que debió ser procesada en el fuero común y no en el federal.

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¿Qué se sabe de la pareja de El Mochaorejas?

De acuerdo con el expediente, el 22 de noviembre de 1997, el fiscal especial adscrito a la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada, Sección Secuestros, de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), ordenó atraer diversas indagatorias iniciadas por la PGJ del Distrito Federal contra la organización criminal que encabezaba El Mochaorejas.

La mujer fue detenida junto con Daniel Arizmendi el 17 de agosto de 1998, cuando salían de su domicilio en el Estado de México.

¿Qué pasó con su sentencia?

Joel Blanno Castro, magistrado instructor adscrito al Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito, concedió el amparo para el efecto de que se dicte una nueva resolución en el proceso penal iniciado contra la mujer, en el que fue acusada del secuestro de Raúl Nava Ricaño, quien fue asesinado por la banda.

Ahora, un juez del fuero común deberá subsanar los vicios formales que afectaron a la decisión anterior y, en consecuencia, fundar y motivar suficientemente su determinación.

“En principio estableciendo la previsión del delito del fuero común que resulte procedente para el evento de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro provisionalmente atribuido a la quejosa, en términos de la ley penal local que resulte aplicable”.
“Asimismo, deberá establecer con claridad el cuerpo del delito que la integran —destacado la precisión de la conducta delictiva que se analiza y sus circunstancias—, además, de realizar el estudio de su probable responsabilidad en la comisión de dicho ilícito —con respecto a lo cual deberá clarificarse entre otros rubros, su forma de intervención—; aspectos cuya demostración deberá de ser justificada, prescindiendo de las pruebas declaradas ilícitas”, detalla parte de la sentencia.

En el expediente, se menciona que la mujer ya había sido condenada, pero impugnó y otro Tribunal Colegiado ordenó reponer el procedimiento porque nunca debió ser juzgada en el ámbito federal.

“Finalmente, deberá realizar estudio de las consecuencias del dictado del auto de formal prisión combatido -apertura del procedimiento ordinario, la identificación de la quejosa por el sistema adoptado administrativamente, el informe de eventuales ingresos anteriores a prisión y, la suspensión de derechos políticos”.

De igual manera, se ordenó dar parte al agente del Ministerio Público para que investigue la presunta tortura de la que dice fue víctima la mujer.

Actualmente, Dulce Paz se encuentra interna en el Centro Penitenciario y de Readaptación Social Santiaguito, en Almoloya de Juárez, Estado de México.

Secuestros de El Mochaorejas

En 1997, Daniel Arizmendi secuestró a Raúl Nava Ricaño, hijo de un empresario dedicado a la exportación de plátanos y dueño de bodegas. La víctima fue llevada a una casa de seguridad en las inmediaciones de la colonia San Juan de Aragón.

Los secuestradores exigieron tres millones de pesos a cambio de dejarlo en libertad. Arizmendi, cortó las orejas de la víctima y las envió a la familia; 11 días después del secuestro lo mató.


RM

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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