¿Cuál es la multa por daño a daño a la propiedad en la CdMx?
El Código Penal de la Ciudad de México establece penas que van de multas a prisión, dependiendo del valor del daño. También hay agravantes si se afecta patrimonio cultural.
Destrozos en Museo Universitario Arte Contemporáneo (MUAC) (Araceli López)
Alejandro Hernández
Ciudad de México /
Pintas en CU tras una marcha contra la gentrificación o daños a un tótem del sistema de comunicación en Tlalpan, los motivos pueden ser distintos, pero todos dejan huella en la capital del país. En medio de expresiones sociales y otros casos más aislados, puede surgir la pregunta: ¿qué dice la ley sobre dañar el mobiliario urbano en la Ciudad de México?
El deterioro del espacio público tiene consecuencias legales tipificadas en el Código Penal de la Ciudad de México. Las penas van de sanciones económicas a varios años de cárcel. En MILENIO te explicamos cómo se sancionan estas acciones.
El daño al inmobiliario público es sancionado como “daño a la propiedad”, según lo que dicta el Código Penal de la Ciudad de México. En su artículo 239, la ley señala que la persona “que destruya o deteriore una cosa ajena o una propia en perjuicio de otro” será sancionada.
Las sanciones varían en función del valor de lo dañado. Pueden ir de 20 días de multa hasta siete años de prisión. Aquí los rangos actualizados con base en el valor de la UMA en 2025 (113.4 pesos diarios):
PARA TOMAR EN CUENTA
Multas por daños a propiedad pública
Si el daño no supera 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o no es posible determinar su valor:
-Multa de 20 a 60 días, aproximadamente de 2 mil 262.8 a 6 mil 788.4 pesos en 2025
Si el daño está entre 20 y 300 veces la UMA:
-Prisión de 6 meses a 2 años.-Multa de 60 a 150 días, aproximadamente de 6 mil 799.4 a 16 mil 971 pesos.
Si el daño va de 300 a 750 veces la UMA:
-Prisión de 2 a 3 años.-Multa de 150 a 400 días, aproximadamente de 16 mil 971 a 45 mil 256 pesos.
Si el daño rebasa las 750 veces la UMA:
-Prisión de 3 a 7 años.-Multa de 400 a 600 días, aproximadamente de 45 mil 256 pesos a 67 mil 884 pesos.
EL DATO
¿Qué es la UMA?
De acuerdo con la Secretaria de Administración y Finanzas, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) se creó para sustituir el uso del salario mínimo como unidad de medida para determinar multas, pagos y sanciones económicas. Ahora, para que los aumentos al salario mínimo no impacten en el cálculo de estos pagos, se creó esta unidad que los mide de manera independiente.
Daños a monumento o edificios histórico
En el artículo 241 de este Código Penal se establecen las agravantes. Las multas mencionadas anteriormente aumentan a la mitad bajo ciertas circunstancias: una de ellas es si el daño se comete por medio de incendio, explosión o inundación, y afecta edificios, templos, escuelas o monumentos públicos, incluidos los declarados patrimonio cultural como museos o bibliotecas.
El artículo 241 detalla que: Las penas previstas se aumentarán en una mitad, cuando por incendio, inundación o explosión, dolosamente se cause daño a:
Un edificio, vivienda o cuarto habitado.
Ropas u objetos en tal forma que puedan causar graves daños personales.
Archivos públicos o notariales.
Bibliotecas, museos, templos, escuelas o edificios, monumentos públicos y aquellos bienes que hayan sido declarados como patrimonio cultural.
Un caso reciente es el relacionado con los actos vandálicos y saqueos ocurridos en el centro cultural universitario en el Museo Universitario de Arte Contemporáneo (MUAC). Estos se llevaron a cabo por un grupo de manifestantes que participaban en la segunda marcha contra la gentrificación. La UNAM se pronunció al respecto y comunicó que ya se realiza una evaluación de los daños.
¿Qué pasa con las marchas y manifestaciones?
Aunque el derecho a la manifestación pacífica está protegido, el Código Penal y la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad establecen que causar daños durante estas actividades no exime de responsabilidad, por lo cual se pueden aplicar sanciones administrativas, multas y procesos penales por daños al patrimonio público.
De esta manera, las autoridades pueden iniciar procedimientos jurídicos contra aquellos que infrinjan estas normas, y se exigirá reparaciones económicas y/o penas privativas de la libertad conforme a la gravedad del daño, como indica el artículo 239 del código penal local.