No se puede controlar modo de vida de personas con discapacidad: Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las personas con discapacidad no pueden ser privadas de elegir y controlar su modo de vida

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Ciudad de México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las personas con discapacidad no pueden ser privadas de elegir y controlar su modo de vida.

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Los ministros de la Primera Sala declararon inconstitucional la regulación normativa que se establece en los juicios de interdicción en la Ciudad de México, la cual obliga asignar un tutor a una persona con discapacidad, sin pedirle su opinión.

Los ministros de la Sala coincidieron que la regulación es excesivamente restrictiva puesto que no prevé la posibilidad de que la interdicción sea graduable y proporcional respecto de las características y condiciones de las personas, y en consecuencia no armoniza con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

El fallo derivó de un amparo promovido por una persona con síndrome de Asperger, a quien se le sometió a un proceso de interdicción donde se le declaró con incapacidad legal.

En primera instancia, el amparo le fue negado al quejoso, por lo que llevó su caso a la Suprema Corte, donde el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso ampararlo.

bgpa

  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.

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