Multas de Tránsito en Hidalgo: AQUPI te decimos cuáles son las principales

Los conductores que infrinjan las normas, pueden ser sujetos a amonestaciones, multas, suspensión o cancelación de licencia o permiso provisional, aseguramiento y remisión del vehículo al depósito oficial y arresto hasta por 36 horas

Los conductores pueden ser sujetos a amonestaciones, multas, suspensión o cancelación de licencia o permiso provisional. (Jorge Sánchez)
Pachuca; Hidalgo /

Con base en el reglamento de tránsito y vialidad del estado de Hidalgo, los conductores que infrinjan las normas, pueden ser sujetos a amonestaciones, multas, suspensión o cancelación de licencia o permiso provisional, aseguramiento y remisión del vehículo al depósito oficial y arresto hasta por 36 horas.

El reglamento señala que las sanciones se establecen con base en: la gravedad de la infracción, circunstancias bajo las que se cometió, condiciones económicas del infractor, reincidencia en la infracción, además de considerar cualquier otro elemento que sea relevante para la determinación de la multa.

Principales Multas en Hidalgo

*No contar con placas vigentes  $311, 22 a $ 5,187

*Calcomanía de circulación vigente no visible  $311, 22 a $ 5,187

*Ignorar semáforos y señalamientos viales  $311, 22 a $ 5,187

*No ceder el paso a peatones al entrar o salir a cochera, estacionamiento o calle privada                       $311, 22 a $ 5,187

*No guardar distancia suficiente                       $311, 22 a $ 5,187

*Exceder los límites de velocidad                     $311, 22 a $ 5,187


*Obstruir o usar espacios a personas con discapacidad  $1.037,4 a 8.299.2

*No contar con permiso o licencia vigente y de tenerlo que no correspondan al vehículo       $1.037,4 a 8.299.2

*Circular sin ambas placas      $1.037,4 a 8.299.2

*No contar con calcomanía, tarjeta de circulación vigentes    $1.037,4 a 8.299.2

*Conducir en estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes u otras drogas                              $1.037,4 a 8.299.2

*No usar cinturón de seguridad (conductor y pasajeros)  $1.037,4 a 8.299.2

Conducción para menores de edad

El reglamento de tránsito señala que las personas de 16 a 18 años, podrán conducir en el municipio siempre y cuando hayan solicitado el permiso correspondiente, vehículos destinados únicamente al servicio particular.

Procedimiento de una infracción

El Capítulo III del reglamento de tránsito señala que las infracciones únicamente pueden ser levantadas por elementos de tránsito y vialidad. El articulo 60 indica que dicho procedimiento no aplica cuando se pasan la luz roja del semáforo y son captados por medios electrónicos.

El elemento de tránsito podrá usar cualquier medio electrónico o tecnológico que se encuentre a su alcance para determinar cualquier infracción a este Reglamento, quedando facultado para llevar acabo de oficio el inicio del procedimiento administrativo en contra de quien sea omiso o transgreda alguno de los artículos establecidos por dicho Reglamento.

Posteriormente se procede a la retención de placas y se levanta la infracción correspondiente, esta se entregará a la persona con quien se entienda la diligencia y contará con los siguientes elementos: Motivación y fundamento de la infracción, Nombre y domicilio del infractor con quien se entienda la diligencia, Número de licencia de conducir del infractor y Nombre y Número del elemento de Tránsito y Vialidad adscrito a la dependencia que inicia el procedimiento.


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