La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales los plazos que establece la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para llevar a cabo investigaciones sobre posibles prácticas monopólicas.
Por unanimidad, el Pleno rechazó amparar a la empresa Google, la cual impugnó el artículo 73, párrafo segundo, del mencionado estatuto.
El propósito de la compañía era echar abajo una multa que le fue impuesta por 2 millones 340 mil 979 pesos por no entregar a tiempo la información que le fue solicitada.
Ahora, con la resolución de la Corte, el asunto volverá a un Tribunal Colegiado, el cual resolverá temas de legalidad, entre los cuales, deberá decidir si el monto a pagar se mantiene o se reduce, luego de que un juzgado federal determinó que sí cumplió de manera parcial con la entrega de los informes requeridos.
Antecedente
El caso tuvo que ver porque la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) llevó a cabo una investigación por la posible realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de desarrollo, distribución y procesamiento de pagos de aplicaciones móviles y contenido digital, así como servicios relacionados, el 14 de enero de 2025.
La autoridad investigadora requirió información al agente económico que presumiblemente guarda relación con los hechos materia de la investigación.
En respuesta, el Google presentó seis escritos de desahogo de información. El 22 de mayo de 2025, el director general de investigaciones de mercado de la Cofece al estimar que no se cumplió el requerimiento, impuso una multa a la quejosa.
Ante esta situación, la compañía se amparó. Posteriormente, Ernesto Sinuhé Castillo Torres, juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, determinó negar la protección de la justicia contra el artículo 73.
Pero concedió el amparo para el efecto de que la autoridad deje sin efecto la multa y emita otra en donde considere que la quejosa sí desahogó parcialmente el requerimiento y con base en ello graduar ese elemento para imponer la multa, y para determinar el periodo de incumplimiento.
Originalmente, la multa que le fue impuesta a Google fue por más de 123 mil pesos por día. Tardó 19 días en entregar la información.
Ministros
Irving Espinosa Betanzo, ministro ponente, propuso negar el amparo contra el mencionado artículo por ser constitucional y dejar en manos del Tribunal Colegiado que resuelva los temas de legalidad.
El togado explicó que el mencionado precepto establece un plazo de 10 días prorrogable por una sola vez hasta por otros 10 días para desahogar requerimientos de información.
“El proyecto que someto a consideración de este Tribunal Pleno, propone confirmar la sentencia recurrida y negar el amparo en cuanto a la constitucionalidad del artículo 73, segundo párrafo de la Ley Federal de Competencia Económica”, mencionó.
Aunque ministras y ministros se sumaron a la propuesta, la mayor parte se apartó de diversas consideraciones.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó porque no coincidía con todo el proyecto.
“(…) Tampoco comparto todas las consideraciones adicionales que en dichos párrafos sostiene el proyecto, vinculados con la reforma al Poder Judicial”.
En el mismo sentido lo hizo el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz.
“(…) Se plantea en el proyecto que tratándose de un aspecto de alta especialidad, pues se tiene que tener esta diferencia, me parece que puede ser podemos llegar al punto en que se perciba que renunciamos a la posibilidad de realizar un control constitucional de algunos aspectos solo por la especialidad, quizás hay algunos casos que así proceda, pero no creo que podamos hacer una afirmación general y que tengamos, debamos de tener deferencia hacia las instancias técnicas, esta es la sensación que a mí en lo personal me genera el proyecto y por eso no estoy de acuerdo en que se aplique de esa manera”, apuntó.
LG