Corte ordena a la SSPC borrar antecedentes penales de dos mexicanos torturados

La Corte Interamericana de Derechos Humanos reclamó la detención ilegal de los dos hombres por parte de autoridades policíacas de la CdMx, a quienes torturaron para que confesaran delitos que no cometieron.

Sesión de la SCJN./ Ariana Pérez
Rubén Mosso
México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana eliminar los antecedentes penales de Santiago Sánchez Silvestre y Juan García Cruz, víctimas de tortura y detención ilegal.

En acato a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Alto Tribunal señaló que dicha medida debe realizarae sin necesidad de esperar una orden judicial.

Al resolver el expediente varios, el Pleno de la Corte indicó que debe acatarse la sentencia inmediatamente.

El asunto derivó porque un juez federal consultó cómo tenía que acatarse parte de la sentencia de la CoIDH, donde resolvió que el expediente penal debía borrarse.

En 2013, la CoIDH, dictó sentencia en el caso García Cruz y Sánchez Silvestre contra el Estado Mexicano, donde se reclamó la detención ilegal de los quejosos por parte de autoridades policiacas de la Ciudad de México, a quienes torturaron para que confesaran delitos que no cometieron.

La CoIDH indicó que los expedientes penales y las fichas signaléticas de las víctimas tienen que ser borradas.

El juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, planteó si era necesario o no una orden de una autoridad judicial, toda vez que se trataba de un asunto de “cosa juzgada”, es decir, de un juicio cerrado por tribunales nacionales.

Los ministros coincidieron que por tratarse de la sentencia de una corte internacional que México reconoce, la orden de eliminar los antecedentes penales debe cumplirse sin necesidad de una nueva opinión de un Tribunal.

bgpa

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