Crecen denuncias contra padres incumplidos en Tamaulipas

Tamaulipas registró en febrero 123 demandas ante la Fiscalía de Justicia del Estado, mientras en enero fueron 101

Incumplimiento de obligaciones alimenticias, entre los principales delitos en Tamaulipas.
Cristina Gómez
Tamaulipas /

Aumentan denuncias penales contra padres que incumplen obligaciones de proveer alimentos a sus hijos, delito que en Tamaulipas se castiga con hasta tres años de cárcel.

En un acumulado al mes de febrero, el estado registra ya 224 demandas al primer bimestre de 2022. En enero se interpusieron 101 y en febrero 123, por lo que el incremento es de casi un 22%.

Victoria es la región con mayor número de padres acusados ante el Ministerio Público, con un total de 65 carpetas de investigación abiertas por el Ministerio Público, según estadísticas de la Fiscalía de Justicia del Estado.

Le sigue Reynosa con 47, Matamoros 46, Tampico 39, Mante 14 y Nuevo Laredo 13. Todos los distritos muestran un aumento, excepto Nuevo Laredo.

En Tamaulipas no ha prosperado la propuesta de crear un registro de deudores.

Victoria pasó de 29 a 36 entre enero y febrero del presente año; Reynosa de 21 a 26; Matamoros de 22 a 24; Tampico de 17 a 22; Mante de 5 a 9 y Nuevo Laredo bajó de 7 a 6.

El distrito de Tampico comprende también Madero, Altamira, Aldama y González. El municipio con más casos es la ciudad industrial con 15, seguido por el puerto jaibo con 13, Madero 8, González 3 y Aldama 0.

¿Qué dice la ley?

Según el artículo 295 del Código Penal de Tamaulipas, comete incumplimiento de obligaciones alimenticias quien sin motivo justificado deja de proporcionar a sus hijos, cónyuge o concubina, los medios económicos o recursos necesarios para atender las necesidades de subsistencia.

Penalidad

Al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias se le impondrá una sanción de seis meses a tres años de prisión, privación de derechos relativos a la familia y tendrá que entregar las cantidades que no fueron oportunamente suministradas.

La sanción aumentará una tercera parte al que dolosamente se coloque en estado de insolvencia o renuncie a su empleo con el objeto de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

El delito solo se perseguirá a petición del cónyuge, concubina o concubinario ofendido o de los representantes de los hijos, y a falta de este, la acción la iniciará el Ministerio Público, en tanto se designe un tutor especial. El perdón solo procede cuando se paguen las cantidades que se deben.

​CGCH

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